domingo,
10 de agosto de 2025

SPJ-USO ANDALUCÍA. SI NO ES POR LAS BUENAS VA A TENER QUE SER POR LAS MALAS…

SPJ-USO RECURRE EN ANDALUCIA LAS RTP`s DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA, POR VULNERAR LA CONSEJERÍA UNA SENTENCIA DE LA SALA 4ª DEL TRIBUNAL SUPREMO

Como ya os hemos informado con anterioridad, durante la negociación de las RTP´s en Andalucía, SPJ-USO ha advertido en numerosas ocasiones a la Consejería de Justicia, en el seno de la Mesa sectorial de negociación, que estaba incumpliendo una sentencia firme de la sala 4ª del Tribunal Supremo, al no negociar la VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (VPT) antes o durante la negociación de las RPTs.

Pese a ello, finalmente se han aprobado y publicado las RPTs de la primera fase de los TRIBUNALES DE INSTANCIA, sin que se haya negociado y realizado una VPT válida en los términos establecidos por la sentencia del Tribunal Supremo 1945/19 de 21 de mayo y también por la sentencia del T.S. de 3 de octubre de 2012, recurso 633/2012.

Concretamente la primera de las sentencias citadas estableció la DOCTRINA EXPRESA siguiente: “para la fijación de la cuantía individualizada del complemento específico en una relación de puestos de trabajo de la Administración de Justicia debe procederse necesariamente a una valoración de las condiciones particulares de los puestos de trabajo previa o, al menos, paralela a la aprobación de dicha relación de puestos de trabajo”.

Pues bien, no se ha negociado la metodología a utilizar ni los factores que se consideran pertinentes y los que no,  sino que se han impuesto unilateralmente, ni tampoco se han descrito las funciones y condiciones de cada puesto de trabajo como se establece en las referidas sentencias.

 La Consejería se ha limitado a trasladarnos, sin ningún tipo de negociación, un documento al que presuntuosamente ha titulado “valoración de puestos de trabajo”, que parte de un acto discrecional y unilateral de la Administración y que impide la participación sindical en la negociación de los elementos utilizados para realizar la VPT, tal y como establecen las mencionadas sentencias.    Dicho “documento” no tiene otra finalidad que la de concluir que los actuales importes de complemento específico que se cobran en Andalucía están todos, sin excepción, correctamente valorados, estableciéndose de forma artificial y no motivada las puntuaciones y ponderaciones a asignar a cada uno de los factores, lo cual no solo supone una gran tomadura de pelo, sino una falta de respeto a los casi 9000 funcionarios/as de Justicia de Andalucia.

Resulta vergonzoso que nuestra Consejería no solo sea la más cicatera de todo el País, al negarse a incrementar nuestro complemento específico como si han hecho el resto de territorios, situándonos a la cola en retribuciones, sino que además actúa de forma cicatera y ruin al negarnos una verdadera VPT que valore adecuadamente los puestos de trabajo uno a uno y los retribuya en consecuencia.

Por todo ello SPJ-USO se ha visto obligado a recurrir en via contencioso-administrativa las referidas RPT´s de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia en Andalucia.

A fecha de hoy no tenemos constancia de que esta grave vulneración de nuestros derechos y de la legalidad haya sido recurrida por ningún otro sindicato, algo que no entendemos.

SPJ.USO:  HECHOS NO PALABRAS