Por parte de la Consejería de Justicia se nos he hecho llegar (tras la detección de errores) Circular Informativa definitiva sobre el desarrollo del proceso de acoplamiento de los nuevos puestos de trabajo con la la implantación de los Tribunales de Instancia, circular que os acompañamos.
Asimismo desde SPJ-USO os facilitamos un breve resumen explicativo de las nociones básicas a tener en cuenta respecto de esa Circular Informativa y del desarrollo del proceso de acoplamiento previsto.
1. ESTRUCTURA DE LAS NUEVAS OFICINAS JUDICIALES: Según el tamaño del partido judicial (por nº de juzgados antes del tribunal de instancia), se establece esta estructura:
– Hasta 4 juzgados mixtos: Servicio Común de Tramitación (SCT)
– 5 juzgados mixtos: Servicio Común de Tramitación (SCT) + Servicio Común General (SCG)
– 6 o más juzgados mixtos o con Juzgado de Violencia sobre la Mujer (VSM): Servicio Común de Tramitación (SCT) + Servicio Común General (SCG) + Servicio Común de Ejecución (SCE)
– TSJA, Audiencias Provinciales y Registros Civiles exclusivos: se establecen Servicios Comunes de Tramitación en ellos.
2. CENTROS DE DESTINO: Se considerarán centros de destino:
– Servicios comunes de Tramitación,el Servicio Común General y el Servicio Común de Ejecución.
– Servicios comunes de Tramitación del TSJA, Audiencia y Tribunal de Instancia
– Oficinas Generales del Registro Civil
– Oficinas de Justicia municipales
– Secretaría de Gobierno
3. RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT): Determinan la estructuración de cada centro de destino, y a través de ellas se realiza la ordenación del personal funcionario de los CGJ y su integración en las distintas unidades de la nueva oficina judicial. Cada partido judicial tendrá 3 RPT:
– La de la Oficina Judicial
– La del Registro Civil
– La de las Oficinas de Justicia Municipales, si existen Juzgados de Paz
Las RPT deberán incluir: Denominación del puesto, Ubicación, Requisitos, Complemento general de puesto y específico
4. CLASES DE PUESTOS EN LAS NUEVAS RPT: Existen distintos tipos:
– Puestos genéricos: sin contenido individualizado
– Puestos genéricos diferenciados: con complemento específico superior. Ej: VSM, actos de comunicación, apoyo
– Puestos singularizados: con funciones específicas. Ej: jefaturas, gestores RC, secretarías de presidencias
5. GARANTÍAS RETRIBUTIVAS
– No se reducen retribuciones complementarias fijas que se vinieran percibiendo antes del acoplamiento
– Si el funcionario/a no pudiese ser confirmado/a en un puesto de similares características, y se acceda a un puesto con retribuciones complementarias inferiores, se mantienen las retribuciones que se percibían, hasta que se produzca un cambio de puesto voluntario.
– La retribución de guardias se mantiene, si el funcionario/a no pudiese ser confirmado/a en un puesto que lleve aparejado la realización de guardias, si bien estará obligado/a a realizarlas, salvo renuncia expresa a su retribución.
6. FASES DEL PROCESO DE ACOPLAMIENTO: Cada fase es excluyente, y la adscripción a puestos de trabajo por confirmación, reordenación o reasignación, tendrá carácter NO VOLUNTARIO:
1. Libre designación: Éstos puestos podrán ser cesados libremente, o renunciarse a ellos si se han desempeñado al menos un año. Con el cese o renuncia, serán adscritos provisionalmente a un puesto en el mismo municipio.
2. Concurso específico: Por una vez sólo podrán participar en exclusiva los/as funcionarios/as destinados/as en el municipio. El destino obtenido es irrenunciable, salvo que antes de tomar posesión se obtenga otro destino por convocatoria pública, pudiéndose renunciar al puesto obtenido por concurso específico si se ha desempeñado al menos durante un año.
3. Confirmación:
4. Reordenación
5. Reasignación forzosa
7. CONFIRMACIÓN DE FUNCIONARIOS
– Se confirmará a personal con funciones similares
– Antigüedad en puesto computable desde la fecha de la resolución por la que se accede al juzgado de procedencia. En caso de empate, la referencia será la antigüedad en el cuerpo, como criterios.
– Desarrollo de la fase: Primero puestos genéricos diferenciados, con un complemento superior (VSM, actos de comunicación y servicio de apoyo) o que tengan asociado servicio de guardia; posteriormente puestos del Registro Civil; y finalmente confirmación general del resto de puestos.
– Equivalencias de Servicios Comunes: Decanato → SCG (donde existan); Juzgados → SCT; Juzgados de Paz → Oficinas de justicia municipales; Registros Civiles exclusivos → Registro Civil General
8. REORDENACIÓN DE EFECTIVOS
– Se cubren los puestos no adjudicados durante la fase de confirmación.
– En caso de ofertar puestos con guardia, tendrán preferencia quienes procedan de los órganos judiciales con guardia, incluidos en el proceso de implantación.
– Para el resto de puestos, se sigue el criterio de la antigüedad en puesto de origen, y en caso de empate la antigüedad en el cuerpo.
9. REASIGNACIÓN FORZOSA
– Afectará a quienes no obtuvieron destino en fases anteriores
– Adjudicación definitiva de los puestos, primando antigüedad en puesto de origen, y en caso de empate la antigüedad en el cuerpo.
– Adjudicación de carácter no voluntaria
10. PROVISION DE PUESTOS VACANTES TRAS EL ACOPLAMIENTO
A) Plazas Titularizadas:
– El personal interino que ocupe puestos de funcionarios titulares con reserva de puesto, serán asignados al puesto de trabajo que se le haya adjudicado al funcionario/a titular con reserva de puesto de trabajo.
– Los funcionarios/as que provisionalmente ocupen estos puestos en sustitución, se mantendrán en ellos mientras se mantenga la causa que dio origen a su nombramiento.
B) Plazas Vacantes:
– Una vez resuelto el proceso de acoplamiento, se ofrecerán a quienes las ocupaban en comisión de servicios, sustitución o interinos
– Se respetará la continuidad de los que los venían ocupando, siempre que esas vacantes no hayan sido cubiertas por personal funcionario en las anteriores fases mediante los procedimientos de confirmación, reordenación o reasignación.
– Si hay más interinos que plazas, se mantiene quien tenga más antigüedad en el puesto vacante.
Asimismo os adjuntamos las fichas informativas por partido judicial correspondientes a la Fase I del proceso de implantación de los Tribunales de Instancia.
Estas fichas recogen de forma detallada la estructura organizativa, puestos de trabajo y adscripciones funcionales previstas para cada partido judicial.
Consulta toda la información oficial aquí:
Circular informativa Consejería de Justicia sobre el proceso de acoplamiento
PRESENTACION OFICINAS DE JUSTICIA EN ANDALUCIA
PRESENTACION OFICINAS DE JUSTICIA EN MUNICIPIOS
CIRCULAR INFORMATIVA SPJ-USO SOBRE EL PROCESO DE ACOPLAMIENTO ANDALUCIA
Seguiremos informando….
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