miércoles,
3 de julio de 2024

SPJ-USO NACIONAL. PUBLICACIÓN INMINENTE DE LA BOLSA DE LETRADOS SUSTITUTOS

La convocatoria de bolsa de Letrados sustitutos de la Administración de Justicia, ya firmada, sólo estaría pendiente su publicación en el BOE, de lo que os informaremos oportunamente en cuanto se produzca.

Una vez se produzca dicha publicación, las personas interesadas presentarán el modelo oficial de solicitud de participación siguiendo las instrucciones del asistente de inscripción, que estará disponible en el portal del Ministerio de Justicia, https://www.mjusticia.gob.es, sección “Ciudadanía”, “Empleo Público y Acceso a Profesiones”, “Bolsas de interinos” “Bolsa de Letradas sustitutas y letrados sustitutos de la Administración de Justicia” indicando las provincias de su elección por orden de preferencia, aunque únicamente podrán resultar seleccionadas en la primera bolsa en que le corresponda por puntuación conforme al orden indicado por la persona interesada, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, sin que incida en el cómputo de dicho plazo cualquier otra forma de publicidad que pueda darse a la convocatoria. Como resultado de la inscripción la persona interesada se podrá descargar un documento con la solicitud cumplimentada, que servirá de justificante.

Según el texto de la convocatoria a publicar, os recordamos que podrán tomar parte en la convocatoria quienes, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

1º- Tener nacionalidad española y ser mayor de edad.

2º- Haber obtenido la licenciatura o grado en derecho.

3º- No haber sido objeto de condena ni de procesamiento o inculpación por delito doloso, a menos que hubiere obtenido la rehabilitación o hubiere recaído en la causa auto de sobreseimiento firme o se hubieran cancelado los antecedentes penales.

4º- Hallarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.

5º- No hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de funciones públicas.

6º- No haber sido separada/o mediante procedimiento disciplinario de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendida/o para el ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitada/o.

7º- No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el desempeño del cargo.

8º- No haber cumplido la edad de setenta años o que se vaya a cumplir en el transcurso de la vigencia de la bolsa.

En cualquier caso, una vez se publique, sobre la base del texto publicado, os informaremos de los pasos a seguir.