jueves,
28 de marzo de 2024

SPJ-USO – ANDALUCÍA – NOTA ACLARATORIA SOBRE EL CONCURSO DE TRASLADOS

Desde SPJ-USO, os adjuntamos la siguiente NOTA ACLARATORIA SOBRE EL CONCURSO DE TRASLADOS que el Ministerio de Justicia ha trasladado a todas las comunidades autónomas y que se nos acaba de remitir por la CONSEJERÍA de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía.

NOTA PUNTOS 5º Y 9º ORDEN 11 2 2021-1

En cuanto al contenido del PUNTO NOVENO (casos debidamente justificados de personal que no haya encontrado alojamiento en la localidad de destino, debido a la situación de pandemia que atravesamos), cabe destacar lo siguiente:

1º.- Se debe entender que el cese de los funcionarios afectados se producirá en las fechas indicadas en el punto Quinto de la resolución definitiva del concurso. (Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2021, viernes)

2º.- Como resulta obvio, en los casos en los que no hay cambio de localidad, no cabe la aplicación de este punto Noveno.

3º.- La prórroga del plazo posesorio en los casos excepcionales sólo se autorizará si, una vez finalizado el plazo posesorio (Se recuerda que son ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma; veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma; y un mes de la Península a las Comunidades Autónomas de Canarias y de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, o viceversa), todavía siguen sin encontrar alojamiento, y como máximo durante los tres días hábiles siguientes a la finalización de dicho plazo, y con la documentación justificativa suficiente, debiendo tomar posesión al cuarto día hábil en su órgano de destino.

COMISIONES DE SERVICIO:

En el punto Quinto, segundo párrafo, de la aludida Orden, se indica que aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicios, y que hayan obtenido destino, no será necesario que se desplacen al puesto de trabajo que tuvieran reservado para formalizar el cese, por lo que podrán hacerlo en el órgano judicial en el que estén en comisión, respecto de lo cual se comunica lo siguiente:

1º.- El plazo posesorio que corresponde disfrutar a dichos funcionarios se contará teniendo en cuenta la localidad del puesto que está desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera reservado, y la localidad del obtenido en el concurso.