El pasado 23 de enero de 2026 se publicó en el Tablón de Anuncios del Principado de Asturias una comunicación titulada “Consulta al personal funcionario de Oviedo, Gijón y Avilés sobre su preferencia entre los diferentes Servicios Comunes de las oficinas judiciales”.
A tal efecto, se facilitó un formulario que debe ser cumplimentado y remitido por correo electrónico dentro del plazo establecido.
Desde SPJ-USO consideramos necesario realizar una serie de puntualizaciones y aclaraciones al respecto.
⭕ ¿QUÉ ES LA “CONFIRMACIÓN”?
La “confirmación” es la Cuarta Fase del acoplamiento del personal de Justicia a la Oficina Judicial. En esta fase se da comienzo a la redistribución del personal en los distintos Servicios Comunes
- Servicio Común General –SCG-,
- Servicio Común de Tramitación –SCT-,
- Servicio Común de Ejecución –SCEJ-
⭕ ¿QUIÉN TIENE QUE PRESENTAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE ACOPLAMIENTO POR CONFIRMACIÓN?
- Todo el personal funcionario de carrera
- de los Cuerpos de Gestión y de Tramitación
- de los órganos judiciales de Avilés
- en situación de servicio activo o con reserva de su puesto de trabajo,
- independientemente de si ha participado en la convocatoria aún no resuelta para la provisión de puestos genéricos diferenciados (Biblioteca y Atención al Público).
En caso de ser adjudicatario de algún puesto en la referida convocatoria, será excluido de esta fase de acoplamiento.
⭕ ¿QUIÉN NO TIENE QUE PRESENTAR EL FORMULARIO Y SERÁ CONFIRMADO DE OFICIO?
- El Cuerpo de Auxilio Judicial.
Este Cuerpo se integrará de oficio en el Servicio Común General.
- El personal funcionario del Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución, que igualmente se integrará de oficio en el Servicio Común General respectivo.
📌 Desde SPJ-USO os aconsejamos que el cuerpo de Gestión Procesal que tiene su destino en SCACE SÍ presente la solicitud de confirmación ya que el número de RPTS de SCACE es inferior al actual.
- El personal funcionario con destino en la Oficina de Decanato.
- El personal funcionario de los Juzgados con funciones de Registro Civil, que será confirmado de oficio en la Oficina General del Registro Civil correspondiente a su localidad de destino.
⭕ ¿QUIÉN NO PODRÁ PARTICIPAR EN ESTA FASE?
- El personal suspendido en firme o provisionalmente.
- El personal funcionario en comisión de servicio cuyo puesto reservado se encuentre en partido judicial no incluido en esta convocatoria.
- El personal interino:
- Finalizado el acoplamiento, los puestos vacantes que no hubieren sido cubiertos por personal funcionario de carrera se adscribirán al personal interino teniendo en cuenta la experiencia en el orden jurisdiccional en el que cada funcionario o cada funcionaria tenga en su último nombramiento. (Decisión adoptada en reunión entre las organizaciones sindicales y Viceconsejería de Justicia)
⭕ ¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTAR EL FORMULARIO? ¿Y CÓMO SE PRESENTA?
CUATRO DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la publicación de la consulta, finalizando el plazo el próximo jueves día 29 de Enero de 2026 (inclusive).
Debe utilizarse el modelo facilitado por la Viceconsejería de Justicia que adjuntamos en el siguiente enlace y remitir el mismo,
- debidamente firmado,
- por correo electrónico a ACOPLAMIENTOJUSTICIA@ASTURIAS.ORG,
- indicando en el asunto: ACOPLAMIENTO AVILÉS.
⭕ ¿QUÉ OPCIONES DE CONFIRMACIÓN TENGO?
Puedes optar entre ser confirmado
a) en el Servicio Común de Tramitación -SCT- o
b) en el Servicio Común de Ejecución –SCEJ-.
c) O bien renunciar a la fase de confirmación para ser posteriormente reordenado o reasignado forzoso.
⭕ ¿CUÁNTOS PUESTOS HAY A CUBRIR EN CONFIRMACIÓN EN CADA SERVICIO COMÚN DE LA OFICINA JUDICIAL?
- Servicio Común de Tramitación SCT-TI
- 17 Gestores
- 32 Tramitadores
- Servicio Común de Ejecución SCEJ
- 11 Gestores
- 17 Tramitadores
⭕ ¿CÓMO SE DETERMINA CUÁNTOS FUNCIONARIOS DE CADA TIPOLOGÍA DE JUZGADO PUEDEN SER CONFIRMADOS EN LOS NUEVOS PUESTOS?
Se aplica la FAMOSA regla de proporcionalidad.
Por Viceconsejería de Justicia se identificará el número de puestos de cada Cuerpo y de cada orden jurisdiccional, susceptibles de ser cubiertos por el procedimiento de confirmación.
Para ello se tendrá en cuenta la distribución del personal destinado en sus juzgados de origen, según su tipología, a fin de que se proyecte en los servicios comunes de destino en idéntica proporción a la plantilla que actualmente tiene cada orden jurisdiccional.
En el siguiente enlace os facilitamos la proporcionalidad establecida por la Viceconsejería de Justicia para la Oficina Judicial de Avilés;
11.12.25 Puestos para confirmación_definitivo_SCT Avilés
¿CUÁNTOS FUNCIONARIOS DE CADA TIPOLOGÍA DE JUZGADO PUEDEN SER CONFIRMADOS EN EL SERVICIO COMUN DE TRAMITACIÓN –SCT? ¿Y EN EL SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN –SCJ-?
Os adjuntamos cuadro de la Oficina Judicial de Avilés.
OFICINA JUDICIAL DE AVILÉS |
||||
JUZGADOS DE ORIGEN |
CUERPO |
PLANTILLA ACTUAL |
%
|
PUESTOS A CONFIRMAR EN EL SCT
|
8 Juzgados Mixtos |
GESTIÓN |
24 |
75% |
13 |
TRAMITACIÓN |
32 |
61,53% |
20 |
|
2 Juzgados Penal |
GESTIÓN |
4 |
12,5% |
2 |
TRAMITACIÓN |
8 |
15,38% |
5 |
|
2 Juzgados de lo Social |
GESTIÓN |
4 |
12,5% |
2 |
TRAMITACIÓN |
12 |
23,08% |
7 |
|
TOTAL |
GESTIÓN |
32 |
|
(RPT) 17 |
TRAMITACIÓN |
52 |
|
(RPT) 32 |
|
| JEFATURAS |
GESTIÓN |
|
|
3 |
TRAMITACIÓN |
|
|
2 |
|
⭕⭕ MUY IMPORTANTE A TENER EN CUENTA. Si bien el personal puede optar entre el Servicio Común de Tramitación y el Servicio Común de Ejecución, esta elección está condicionada a que quede garantizada siempre la cobertura de los puestos del Servicio Común de Tramitación.
⭕ ¿QUIÉN TIENE PREFERENCIA PARA SER CONFIRMADO?
Tendrán preferencia para ser confirmados quienes tuvieren mayor antigüedad en el puesto de origen.
El personal funcionario que su último puesto ha sido adjudicado por concurso de traslados, la antigüedad en el puesto de origen es la fecha de la convocatoria en el BOE del concurso de traslados, NO la fecha de toma de posesión.
Cuando no hubiere suficiente personal interesado en la asignación de puestos por confirmación, estos serán adjudicados a quienes tuvieren menor antigüedad en el puesto de origen.
Cuando la antigüedad en el puesto de los afectados en el proceso de confirmación fuese la misma, la preferencia la tendrá el mejor puesto en el escalafón.
En todo caso, se deberá respetar la distribución proporcional. (Disposición transitoria primera del Reglamento General de Ingreso. Real Decreto 364/1995.)
⭕ ¿POR QUÉ ES FUNDAMENTAL SABER LA ANTIGÜEDAD EN EL PUESTO DE CADA FUNCIONARIO Y FUNCIONARIA? ¿DÓNDE LA PUEDO CONSULTAR?
Para garantizar la transparencia y seguridad jurídica del proceso.
Os adjuntamos el enlace al listado del personal de Avilés con expresión del último destino y la antigüedad en el mismo.
SPJ-USO ASTURIAS. PUBLICADA LA ANTIGÜEDAD DEL PUESTO DE ORIGEN DE AVILÉS
La antigüedad en el puesto se computará desde la fecha de la resolución por la que se accedió al destino de procedencia.
Si observáis algún error es muy importante que nos lo comuniquéis.
⭕ ¿SI ESTOY DESTINADO EN AVILÉS Y SOY CONFIRMADO EN EL SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN-SCT- EN QUE ÁREA SE ME INTEGRARÁ? ¿Y SI ME CONFIRMAN EN EL SERVICIO COMÚN DE EJECUCIÓN –SCEJ-?
En la Relación de Puestos de Trabajo –RPT- de la Oficina Judicial de Avilés no se relacionan áreas civiles o penales. Se te integrará en el Servicio Común de Tramitación –SCT- o en el Servicio Común de Ejecución –SCEJ- en función de tu opción y tu antigüedad en el puesto.
La asignación a cada equipo o grupo de trabajo será realizada por el LAJ Director/a una vez finalizado el acoplamiento.
Podéis consultar los futuros grupos de trabajo en el Manual de cada Servicio Común. Os dejamos el enlace:
- ACUERDO SECRETARIO DE GOBIERNO AVILÉS
- MANUAL DE ORGANIZACIÓN AVILES
- MANUAL SC EJECUCIÓN AVILÉS
- MANUAL SCT AVILÉS
¿UNA VEZ CONFIRMADO/A ME PUEDEN ASIGNAR TAREAS DE UN ORDEN JURISDICCIONAL DISTINTO AL DE MI ORIGEN?
Os recordamos la garantía recogida en La Disposición transitoria primera del Reglamento General de Ingreso (Real Decreto 364/1995):
“Salvo voluntad expresa de la persona afectada por la CONFIRMACIÓN no se le podrá encomendar, en el destino adjudicado, tareas sobre materias que fueren propias de órganos judiciales de diferente clase a aquel en que estuviere destinado antes del acoplamiento. Esta limitación no se aplicará a quienes voluntariamente participen en un posterior concurso de traslado, en cuyo caso las funciones y tareas vendrán definidas en las respectivas relaciones de puestos de trabajo y protocolos de funcionamiento de las oficinas.”
⚖️ ⚖️ Desde SPJ-USO queremos recordar que nuestros servicios jurídicos están plenamente disponibles para todas aquellas personas que deseen defender sus derechos y reclamar la vulneración derivada del incumplimiento de la Disposición Transitoria Primera. No permitamos que se ignore lo que por ley nos corresponde.
Defender lo que nos corresponde no es una opción, es un derecho: ¡reclámalo!




