MINISTRO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES
Adriano Moreno Moreno, con D.N.I. xxxxxx, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Principe de Vergara nº 13, 7ª planta, 28001 MADRID, dirección de email spjusomalaga@gmail.com y número de teléfono 607262478;
EXPONGO:
PRIMERO: La implantación del nuevo sistema DICIREG en los REGISTROS CIVILES está concebido como un sistema de administración electrónica, en el que la forma preferente de atención al ciudadano es la telemática. Esto entronca con la realidad actual, ya que según el INE un tercio de la población española no tiene capacidades digitales básicas. Además, se suma la falta de infraestructura digital existente, especialmente en las nuevas Oficinas de Justicia en el Municipio, tras la reciente y generalizada implantación de la tercera fase de los tribunales de instancia, las cuales se encuentran con un panorama complejo a la hora de poder realizar sus funciones. Esto demuestra un desconocimiento importante de la realidad. Según nos consta, desde el año pasado se han hecho visitas a los mismos para ver los medios tecnológicos de los que disponen, sin que a día de hoy, se hayan actualizado los medios necesarios en la mayoría de estas sedes judiciales.
SEGUNDO: La formación impartida al personal de los distintos registros civiles ha resultado claramente insuficiente. En primer lugar, esta no se realizó de manera presencial, sino a través de una plataforma digital, coincidiendo además con la jornada laboral habitual y con la atención al público activa, lo que dificultó seriamente su seguimiento. A esto se sumaron diversas incidencias técnicas que afectaron aún más el desarrollo de la formación.
Resulta especialmente preocupante que un cambio tan relevante en el programa informático de unos organismos que prestan un servicio esencial a la ciudadanía se haya acompañado de una capacitación tan limitada. No podemos sino calificar esta formación como totalmente inadecuada para afrontar con garantías el nuevo sistema. Y si la formación ha sido inadecuada en los juzgados de paz que cuentan con funcionarios de justicia, nos han llegado también las quejas incesantes del personal de los Ayuntamientos.
TERCERO: Una de las grandes carencias de DICIREG es el acceso a la base de datos de INFOREG, lo que obliga a que sean los funcionarios los que hagan este trasvase de datos manualmente, cada vez que registren algo en DICIREG, lo que se traduce en un aumento del tiempo en la tramitación de cada expediente, triplicando incluso el tiempo necesario para realizar las mismas tareas que actualmente se resuelven con mayor agilidad. Sin duda, esto conlleva un notable perjuicio para la ciudadanía. Los usuarios verán cómo sus solicitudes se demoran en exceso dentro del Registro, como ya está ocurriendo, lo que no solo generará frustración, sino que agrava aún más la saturación ya existente en la mayoría de estas oficinas, deteriorando significativamente la calidad del servicio público prestado.
CUARTO: En DICIREG se encuentran autorizados operadores externos como la Dirección General de la Policía, el INE, la seguridad social, etc. Pero resulta increíble e inexplicable, que no exista esa misma conexión con los órganos judiciales, dadas las numerosas comunicaciones existentes entre estos y el Registro Civil (comunicaciones de defunciones judiciales, incapacidades…)
QUINTO: DICIREG, al ser un programa de tramitación libre, carece de modelos importantes como las actas que se utilizan en numerosos expedientes, como matrimonio, nacionalidad, etc. Lo cual es una deficiencia seguramente basada en el desconocimiento del día a día de las tareas del Registro Civil. Además del resto de tareas que se realizan en las OFICINAS DE JUSTICIA, y que no encuentran en el programa la posibilidad de su registro (como por ejemplo los exhortos que a día de hoy siguen llegando por correo postal, según nuestro conocimiento).
SEXTO: Las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil, están asumiendo actualmente funciones que exceden las atribuidas expresamente, previstas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 20/2011 de 21 de julio, del Registro Civil, sin que exista un soporte normativo expreso que lo ampare. La ausencia del Reglamento de desarrollo de dicha ley, así como la falta de directrices concretas por parte de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, están generando una considerable inseguridad jurídica en la delimitación de competencias entre las distintas oficinas del Registro Civil. A todo ello, se añade que la implantación del sistema DICIREG, ha supuesto un incremento significativo de la carga de trabajo para los funcionarios que están en esos destinos, especialmente en la emisión de certificaciones e inscripciones complementarias, lo cual está derivando en presiones hacia el personal de las Oficinas Colaboradoras para la asunción de actuaciones que no le son propias, tales como la práctica de juras de nacionalidad por residencia y por opción o la tramitación de expedientes matrimoniales.
Por último, con la entrada en vigor de la LO 1/2025 de 2 de enero, tal y como hemos adelantado en líneas anteriores, se amplían las funciones y cambia el modus operandi de los anteriores Juzgados de Paz, pasando a depender en mayor medida de los Registros civiles de los Tribunales de Instancia de cabecera, ante lo que los compañeros lamentan una falta de instrucciones claras por esta nueva situación. Por ello, trasladamos las peticiones concretas que nos han hecho llegar de los propios Juzgados de Paz, ahora Oficias de Justicia:
(Transcripción literal):
1.- Existen juzgados que no disponen de los medios técnicos necesarios para el conveniente ejercicio de sus funciones. Ordenadores obsoletos, que no tienen la capacidad adecuada, lo que ralentiza gravemente la realización de cualquier operación, desde cargar un programa a guardar un documento, trabajar ágilmente para la transformación de formato word a PDF o simplemente mandar a imprimir. Falta de monitores, no existe la posibilidad de trabajar con doble monitor y el tamaño de los mismos, de 14´´ hace penosa la realización del trabajo. No existen escáneres en todos los puestos. Los que existen, son antiguos y no disponen de algunas utilidades básicas, como escanear a doble cara. No hay escáneres de libro, para digitalizar inscripciones antiguas no escaneadas, es decir, todas las anteriores a 1950, hay que hacer malabares o causar daños en la encuadernación de los libros. En el Juzgado de que hablo, además, se producen frecuentes cortes de luz, y el equipo no guarda automáticamente lo trabajado, por lo que es necesario restaurar todo lo hecho.
2.- Los métodos para trabajar en línea todos los puestos, a fin de compartir cosas tan básicas como digitalizaciones de partidas antiguas, apud actas de procesados o una agenda, son caseros y necesitan constante actualización.
3.- La deficiente formación ofrecida a los funcionarios en relación con el complejo nuevo sistema DICIREG ha dado lugar a que muchos compañeros hayan tenido, con sus propios medios, que trasladarse a órganos que ya funcionaban y solicitar la ayuda de su personal. De hecho, se ha creado un grupo de whatsapp a fin de agilizar la resolución de dudas al margen de una administración que no ha respondido adecuadamente. Al inicio existía un teléfono de consulta que funcionaba estupendamente pero ha dejado de atenderse, remitiendo a consultas vía correo electrónico que ralentizan la ágil y necesaria resolución de los problemas que surgen.
4.- Mención aparte merece la “captura de antecedentes”. En su momento, en la primera digitalización de libros de registro, la administración de justicia encargó a una empresa externa la digitalización de las inscripciones desde 1950, lo que hicieron si bien los metadatos son escasos y dificultan la localización de inscripciones. Con la entrada de DICIREG, la administración ha decidido actualizar todos los datos, tanto de las partidas antiguas no digitalizadas, las digitalizadas y las que constan en INFOREG con la inestimable ayuda de los funcionarios, sin valoración profesional ni reconocimiento económico. Cada captura de antecedentes es conseguir gratuitamente de los funcionarios la incorporación de datos de partidas antiguas, escaneo de las mismas y actualización de metadatos.
5.- Existen problemas también con el programa DICIREG. Por ejemplo, es absolutamente necesario escanear todos los documentos necesarios para la inscripción, pero con una capacidad limitada, no pudiendo superar los 5 mb. En muchas inscripciones (p.e. documentos notariales en poderes, resoluciones de modificación de capacidad, convenios reguladores…) el tamaño del archivo excede de ese límite, por lo que hay que partir los archivos a fin de poder incorporarlos. El sistema de localización de inscritos solicita unos datos ingentes de los que muchas veces no se dispone y que son obligatorios antes de poder iniciar la búsqueda. En este sentido, INFOREG, de mayor simplicidad, era más operativo, ya que se podía introducir simplemente un nombre y apellido, una fecha y un lugar y se podía hacer una búsqueda general.
6.- Por último, se hace absolutamente necesario que a la mayor brevedad se convoque una reunión de la autoridad competente con los responsables de todas las Oficinas de Justicia, a fin de clarificar competencias atribuidas a cada órgano, teniendo en cuenta la reforma legal y sobre todo los medios materiales de que disponen. No podemos hacernos cargo de nuevas funciones como la de celebración de videoconferencias si no hay medios técnicos. Habrá que tener en cuenta la posibilidad física de trabajar con @driano, cumplimentar los exhortos a través del mismo, las dificultades en la actualización a la hora de celebrar conciliaciones, las posibilidades en la finalización de expedientes de nacionalidad y otras mil cosas que seguro que surgirán cuando se pregunte a los compañeros.
Urge afrontar los problemas y urge hacerlo con carácter inmediato, dotando de medios materiales y humanos porque de seguir confiando en discursos vacíos o la buena fe de los funcionarios/as se aproxima un colapso en varias materias, pero especialmente en la de Registro Civil, tan importante en las nuevas Oficinas de Justicia del Municipio.
Por todo ello, en apoyo a los funcionarios y funcionarias que se encuentran en dichos destinos, y resaltando una vez más las deficiencias del cambio, se pide una actuación urgente de las autoridades y responsables en cuanto a la provisión de medios materiales, una continuación en cuanto a la formación, ya que ha desaparecido la asistencia telefónica que ha existido durante un periodo lamentablemente corto, y que se dicten las instrucciones necesarias ante los cambios producidos en el funcionamiento de las nuevas oficinas judiciales del municipio, y en éste término que se realice una aclaración de funciones entre los Cuerpos Generales con destino en dichas oficinas, pues se encuentran todos dados de alta con el mismo perfil de “supertramitadores”.
Madrid, a 13 de enero de 2026
F/ Adriano. A. Moreno
Secretario Gral. SPJ-USO

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260114 ESCRITO AL MINISTERIO JUSTICIA QUEJAS ESTADO OFICINAS DE JUSTICIA MUNICIPAL
260113 Justificante de Presentación REG





