Ya os contamos en la entrada ACUERDO SUBIDA SALARIAL 2022-2024 que tenemos que percibir en la nómina de noviembre (aunque probablemente será más tarde) unos atrasos equivalentes al 1,5% de las retribuciones percibidas de enero a octubre.
Por otra parte, en el BOE de fecha 26 de octubre se publicaron instrucciones por la Secretario de Estado de Gastos y Presupuestos para el abono de dichos atrasos. Sobre dicha publicación os informamos en la entrada SPJ-USO NACIONAL. B.O.E. INSTRUCCIONES PAGO INCREMENTO 1,5%
No todo el mundo tiene que solicitar dicho pago, ya que en la mayoría de casos se hace de oficio. Por ejemplo, si no te has movido de tu puesto en este año y lo has trabajado completo en Andalucía, no tendrías que hacer nada. Sin embargo, hay supuestos, como por ejemplo haberse jubilado y no estar, por tanto ya en activo, o haber cambiado de puesto (por ejemplo el personal interino que haya cesado entre enero y octubre de 2022), que sí tienen que solicitarlo expresamente. En la instrucción, cuya lectura recomendamos, lo tenéis todo detallado.
Hemos contactado con la Delegación de Cádiz (nóminas) y nos han comentado que, al menos de momento, no tienen instrucciones específicas por parte de Consejería y tampoco nos aseguran que las vaya a haber. Por tanto, nos comentan, que quien quiera puede ir haciendo uso del formulario oficial publicado en el BOE junto con la Instrucción de la Secretaría de Estado que os hemos mencionado. Os lo facilitamos a continuación. Lo tenéis en la última página: https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/26/pdfs/BOE-A-2022-17471.pdf
El formulario, una vez cumplimentado, debéis presentarlo por Registro General de la Junta de Andalucía adjuntándolo como archivo dirigido a la delegación provincial en la que hayáis prestado servicio. Os facilitamos enlace al Registro a continuación pero debéis tener en cuenta que, para que no os de error, tenéis que tener el certificado conectado.
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
En cualquier caso, si no queréis realizar un trámite que, finalmente, si sacaran en Consejería una instrucción propia, no sirviera, no estaría de más dejar pasar un plazo prudencial para dar tiempo a la misma a aclarar cómo van a proceder aquí en Andalucía.