miércoles,
3 de julio de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. MESA DE NEGOCIACIÓN SOBRE EL TELETRABAJO

Introducción

En el día de hoy, se ha celebrado Mesa Sectorial Extraordinaria de Justicia de Andalucía a los fines de tratar un único punto como orden del día, y siendo el mismo la Adaptación de la Resolución de 19 de enero de 2021 de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal por la que se aprueba el desarrollo del Protocolo de Medidas Organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a la modificación de 26 de enero de 2021, de dicho Protocolo acordada en Mesa General.

Como ya sabéis, en materia de teletrabajo actualmente está vigente la citada resolución, que podéis descargar en el siguiente enlace: RESOLUCION DE LA DGOJF POR LA QUE SE APRUEBA PROTOCOLO TRABAJO NO PRESENCIAL(F)

En relación a dicha resolución, la Administración propone, tres modificaciones:

  1. Introducir, en el procedimiento, la posibilidad de presentación de la solicitud por el interesado a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía;
  2. Modificación del “Anexo II. Requerimientos Técnicos”. Se modifica la dirección web para acudir al kit de Teletrabajo para configuración del ordenador y resolución de dudas: http://www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano/personaladmon/Aplicaciones-Judiciales/Kit-de-teletrabajo/
  3. Y, la modificación más importante, ampliar los porcentajes de no presencialidad conforme al acuerdo alcanzado en mesa general de función pública andaluza de fecha 26/01/2020, en el sentido que os aclaramos a continuación.


Nuevos porcentajes a los que nos podemos acoger en modalidad no presencial

Cuando se encuentre declarado por las autoridades sanitarias el nivel de alerta 4 (es decir con un índice de contagio superior a 500 por cada 100.000 habitantes), la prestación de servicios de los empleados públicos de la Junta de Andalucía se desarrollará de modo no presencial, en un porcentaje 60/40 por turnos semanales rotativos, de forma que una semana serán tres días no consecutivos en esta modalidad y la siguiente semana dos días no consecutivos en esta modalidad, procurando que se realice en grupos estables o burbuja. Los turnos de presencia serán organizados por los responsables técnicos procesales.

En el supuesto de alcanzarse el nivel 4, grado 2 (indice superior a 1000) en un municipio, los compañeros afectados podrán realizar el teletrabajo hasta el 100 % de la plantilla, salvaguardando lo servicios esenciales (guardia y algunas actuaciones de registro civil, básicamente).

A lo anterior, hemos solicitado que a la hora de que el responsable técnico organice el servicio deba tener en cuenta las preferencias de la plantilla y respetando, en todo caso, el orden de prelación establecido en el apartado 4.1. en caso de imposibilidad de disfrute simultáneo de todos los solicitantes.

En relación a lo anterior, la Administración ha aclarado lo siguiente:

  • Se trata de un acuerdo de máximos, por lo que, aunque tengamos concedidos esos porcentajes máximos, podremos hacer uso de uno menor.
    • Desde SPJ-USO no compartimos esta interpretación laxa de los términos del acuerdo de Mesa General, que lo que pretende es reducir el riesgo de contagio al reducir la presencialidad en los centros de trabajo de forma tasada, y sin que dependa de la voluntad o no de los trabajadores. No olvidemos que el Nivel 4 de alerta se da cuando hay más de 500 contagios, lo cual es un nivel altísimo que en otros países de nuestro entorno deriva incluso en un confinamiento obligatorio de la población en sus domicilios.
  • No es necesario realizar una nueva solicitud para acogerse a estos nuevos porcentajes de presencialidad si ya tienes concedido el 20%, bastando con comunicarlo al responsable técnico procesal (Letrado A.J. o Fiscal generalmente). En caso de «inactividad» del Letrado A.J. para la efectiva aplicación, hemos solicitado que se regule esta circunstancia, aunque nos refieren que esos casos excepcionales deberá ponerlos el interesado en conocimiento de su Delegación territorial de Justicia, siendo en estos casos, lo habitual, que la Administración resuelva en sentido positivo.

Por parte del responsable de infraestructuras se nos traslada que ahora mismo hay 539 personas trabajando en régimen de teletrabajo, aunque no todos a la vez, y en cuestión de una semana se puede comprar otro pack de 1000 usuarios más si es preciso. Están a la espera de ver la cantidad que tienen disponible este año para la adquisición de portátiles para los funcionarios, pero la previsión es hacerlo este año. Cada mes se añaden unos 80 o 90 funcionarios más al sistema de teletrabajo.


Solicitudes de SPJ-USO

Aparte de lo anterior, hemos solicitado lo siguiente:

  1. Que se proceda a la adaptación del puesto (en teletrabajo) para aquellas personas que ya tengan reconocida una adaptación en su puesto de trabajo y para aquellas personas cuya patología les impida trabajar presencial por el Covid-19.
  2. Hemos manifestado nuestra queja y solicitado que se impulse la actuación de los servicios de prevención de riesgos, que no están atendiendo a las solicitudes de compañeros que hace meses solicitaron la ampliación de la jornada del 20% en régimen no presencial, por tratarse de personal sensible al Covid-19 conforme a lo establecido por el Ministerio de Sanidad.
  3. Hemos vuelto a manifestar que es la Consejería la que deberá dotar al personal que teletrabaje de un número suficiente de equipos informáticos portátiles en el supuesto de que se carezca  de equipo personal con los mínimos requisitos necesarios para teletrabajar de manera fluida; y todo ello habida cuenta de que debemos trabajar para alcanzar un escenario en el que el teletrabajo sea llevado a cabo en su totalidad con equipos de la Administración, tal y como ocurre en el caso de Jueces y los Letrados de la Administración de Justicia.
  4. Hemos solicitado también que se impulse la actuación de los servicios de informática, ya que muchos compañeros han de esperar mucho tiempo desde que tienen la resolución de su delegación provincial concediéndoles el teletrabajo hasta que efectivamente pueden utilizarlo.

Conclusión

Desde SPJ-USO no podemos sino mostrar nuestra perplejidad ante la patente relajación con la que se está gestionando la implantación del teletrabajo en Justicia. Tras un año de pandemia, el teletrabajo en Justicia es una exigua realidad si la comparamos con los niveles de desarrollo que respecto a dicho tema se han alcanzado en otras administraciones andaluzas. Desde esta excesiva dilación se deriva, pues, que, hoy por hoy, siga habiendo plantillas completas trabajando en juzgados de reducido espacio en localidades con nivel 4 de alerta y grado 2 (por superar los 1.000 contagios), una realidad que igualmente se contradice con el exceso de celo que la Administración ha mostrado a la hora de suspender el comienzo de la segunda fase del plan de autorefuerzo por las tardes, un plan en el que, a lo sumo, iban a coincidir tres personas por juzgado en el peor de los casos.

Puedes descargar esta circular, en formato pdf, haciendo clic en el siguiente enlace: