En relación con lo comentado por el Director Gral. de Oficina Judicial y Fiscal durante el transcurso de la Mesa Sectorial celebrada en el dia de ayer, sobre la realización del plan de tardes a partir del próximo 22 de Diciembre, nos acaban de confirmar que «Durante el Horario Reducido de Navidad, que comienza el dia 22 de diciembre, NO HAY PLAN DE HORAS EXTRAS», a lo largo de la mañana van a poner una nota informativa en HERMES.
El horario de NAVIDAD, comienza desde el día 22 de diciembre de 2020, con el siguiente reparto:
- HORAS SEMANALES.- 32 horas 30 minutos a realizar entre las 07’30 y las 15’30.
- PARTE RÍGIDA.- 5 horas 30 minutos (entre las 8’30 y 14’30 hrs)
Hemos de tener en cuenta los 30 minutos de cortesía existentes.
Ejemplo de aplicación práctica:
Teniendo en cuenta todo lo anterior, de forma efectiva lo que hay que realizar son 6 horas diarias si queremos tener la jornada cubierta completamente (parte rígida y flexible). Por tanto, si acudimos a nuestro puesto de trabajo de 08:30 a 14:30 horas tendríamos cubierta la jornada diaria completa. Si queremos irnos antes, podríamos optar por entrar a las 08:00 horas y salir a las 14:00 horas. Cualquier combinación es válida siempre que hagamos seis horas diarias y que 5 horas y media estén comprendidas en la franja que hay entre las 08:30 y las 14:30 horas.
Pedimos disculpas por el error en nuestros calendarios de pared, donde no vienen señalados como jornada reducida los días 22 y 23 de diciembre, y también el cuadro de jornada reducida, todo ello debido a que los calendarios los hicimos con anterioridad a dicha mesa sectorial que se modificó.
Os adjuntamos a continuación el acuerdo de mesa sectorial para vuestro conocimiento.
200205 certificado mesa sectorial ampliación a 6 horas de todas las jornadas reducidas