Muchos nos estás preguntando en estos días sobre si la documentación requerida a los que habéis promocionado a Tramitación Procesal tenéis que enviarla al Ministerio de Justicia, o al ámbito territorial por el que os habéis presentado, o a ambos sitios.
Sobre este particular, lo lógico y sensato sería enviar toda la documentación a un único sitio (Ministerio de Justicia o vuestro ámbito territorial), para evitar duplicidades, y, sobre todo, bajo la premisa de que la documentación que no corresponda a una de las dos administraciones, ésta la remitirá al competente.
Pero es cierto que haciendo una lectura literal de las resoluciones publicadas parece darse a entender que hay que remitir la documentación principal al Ministerio de Justicia y, aparte, la solicitud de destinos, al ámbito territorial correspondiente.
En el BOE de 18/09/2020 se publicó, de un lado, con aplicación respecto a todos los territorios, la Orden JUS/857/2020, de 14 de septiembre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Según dicha orden debéis presentar en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaría de Estado de Justicia (unidad EA0041037-oficina 000011588 – Medios Personales, Procesos Selectivos Justicia), la siguiente documentación:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas competentes.
b) Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:
Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.
d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los cuerpos al servicio de cualquiera de las administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I).
Por por otro lado se ha publicado una Orden o Resolución por cada territorio con competencias transferidas en los que se indica que la «solicitud de destino» (anexo II), se debe remitir a una dirección dentro del ámbito territorial correspondiente.
Os ponemos a continuación los enlaces a las diferentes órdenes para que podáis consultar la dirección y descargar el correspondiente anexo de solicitud de destinos de cada territorio:
Orden JUS/856/2020, de 14 de septiembre, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de Península y Baleares, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Orden de 14 de septiembre de 2020, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, del Departamento de Justicia, por la que se publica la relación de plazas correspondientes en el ámbito territorial de Cataluña que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se publica la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Galicia, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de Andalucía, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial del Principado de Asturias, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Orden PRE/129/2020, de 14 de septiembre, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de Canarias, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución 232/2020, de 14 de septiembre, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.
Conclusión
Aunque lo lógico es pensar que remitiendo la documentación a una u otra Administración, todo llegará a su lugar correspondiente, ya que, si la administración receptora no es competente debe reenviar la la documentación a la competente; los que os queráis quedar completamente tranquilos y cumplir literalmente con las exigencias publicadas en el BOE, podéis hacer dos remisiones de documentación: una al Ministerio de Justicia y otra a la administración correspondiente del ámbito territorial por el que os hayáis presentado.