Desde SPJ-USO, ponemos en vuestro conocimiento que, en el día de hoy, hemos presentado escrito ante la Secretaría General de Servicios Judiciales de la CONSEJERÍA DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA interesando la urgente regulación de un permiso por alertas meteorológicas.
Ante este vacío normativo del que adolece nuestro catálogo des permisos y licencias, no es de recibo que el personal de Justicia de los órganos judiciales de Andalucía quede a la espera de instrucciones administrativas que delimiten mal y tarde la opción de evitar la presencialidad laboral en los centros de trabajo, tanto más cuando las alertas meteorológicas dimanantes de organismos autorizados como la AEMET son más que explícitas y, además, susceptibles de generar situaciones de incuestionable peligro para la integridad de los trabajadores en los trayectos hacia sus correspondientes centros de trabajo.
A CONTINUACIÓN, OS DEJAMOS EL TEXTO DE DICHO ESCRITO:
A/A de la SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS JUDICIALES
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
Junta de Andalucía.
Alfonso Justicia Barajas, Secretario de Organización del Sindicato Profesional de Justicia de la Unión Sindical Obrera de Andalucía (SPJ-USO ANDALUCÍA), con DNI: xxx, y siendo mi teléfono y mi mail a efectos de notificaciones y comunicaciones los que siguen, xxxxxxxxx y xxxxxxxxx, como mejor proceda, comparezco ante esa Secretaría General en la representación que ostento y, en su virtud,
MANIFIESTO
PRIMERO.- Que a la vista de lo acontecido recientemente en España y frente al más que evidente contexto de gravedad que dimana de los potenciales riesgos acaecidos por causa de la generación de fenómenos meteorológicos adversos, se hace más que necesario establecer una cobertura de protección para el personal de Justicia en el marco de su regulación de permisos y licencias, que elimine toda improvisación y espera infructuosa cuando las alertas declaradas por organismos autorizados, como pueda ser la AEMET, sean explícitas y hagan más que razonable prescindir de la genérica presencialidad laboral en los centros de trabajo a fin de evitar riesgos que, en tales situaciones, puedan traer consigo los desplazamientos, y todo ello en aras a garantizar la seguridad y la protección del personal funcionario.
SEGUNDO.- Como bien es sabido por esa Secretaría General, el art. art. 21.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, establece el derecho del personal empleado público a “una protección eficaz en materia de seguridad” y salud en el trabajo.
A la vista de todo lo expuesto es por lo que le
SOLICITO
Que, a la mayor urgencia posible, se proceda al inicio de los trámites preceptivos encaminados a regular por la vía de los permisos y licencias del personal de Justicia de Andalucía, una cobertura específica frente a las alertas meteorológicas anteriormente expuestas y que, a través del aplicativo Hermes, garantice la seguridad laboral de los trabajadores y trabajadoras de nuestros centros judiciales sin tener que estar a la espera de los pronunciamientos que, de cara a tales contextos, prontos o tardíos, sean emitidos particularmente y en cada caso por parte de la Administración.
Todo ello, por ser de Justicia, que pido en Málaga a 13 de noviembre de 2024.
Fdo.:
Alfonso Justicia Barajas.
Secretario de Organización de SPJ-USO ANDALUCÍA.