viernes,
22 de noviembre de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DEL ACUERDO DE 27/11/2018

EVALUACIÓN Y ESTADO ACTUAL DEL ACUERDO 27 de NOVIEMBRE de 2018 por el que se PRETENDÍAN MEJORAR las condiciones de trabajo del  personal al servicio de la Administración de Justicia y se establece el programa para la aprobación de las oficinas judicial y fiscal y sus modelos estructurales básicos en el ámbito territorial de Andalucía.

Han pasado más de tres años desde que la, por aquel entonces, Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía suscribió el acuerdo arriba referido bajo el amparo y firma de los sindicatos CSIF, STAJ, CCOO y UGT, siendo por ello por lo que, desde SPJ-USO, consideramos que ha llegado el momento de analizar el estado en el que, hoy por hoy, se encuentra dicho texto y, cómo no, evaluar sus resultados.

220124 grado cumplimiento del ACUERDO 2018.

VIGENCIA

            En primer lugar, quepa decir que, a tenor de lo dispuesto en el apartado SEGUNDO del acuerdo, su periodo de vigencia concluyó el pasado 31 de diciembre de 2021, salvo en lo que refiere el punto CUARTO del mismo, que tendrá vigencia hasta la finalización del proceso de implantación de las oficinas judiciales y fiscales que se determinan en el correspondiente anexo: una implantación que, habida cuenta de las últimas previsiones y giros normativos, ni está ni se la espera. 

RETRIBUCIONES

            El apartado TERCERO fue de los más controvertidos, por cuanto que nos vendía una subida del complemento específico de 90 euros brutos mensuales, que se adquirieron progresivamente en tres tramos anuales de 35, 35 y 20 euros, respectivamente, durante las anualidades de 2019, 2020 y 2021. Esta pobre subida ya estaba suficientemente justificada a causa del incremento de responsabilidades, funciones y aplicativos (multitud de bases de datos, portales SIRAJ…), que los cuerpos de Justicia hemos ido incorporando sobre nuestras espaldas desde la última subida del complemento específico, tanto más considerando la alta carga de trabajo que soporta en Justicia la comunidad andaluza. Pero así, con tan sólo 90 euros brutos, la Consejería no sólo nos retribuyó la actualización del complemento específico por la asignación de las nuevas funciones ya asumidas y derivadas de los cambios tecnológicos por la digitalización de la Justicia, sino que el trato PACTADO CON CSIF, STAJ, CCOO  Y UGT también nos obligó a cargar con todas aquellas funciones y responsabilidades que se derivaran de la implantación de la NOJ y sus RPTs (hoy por hoy, en suspenso).

            Además, muy sorpresivamente, dicha subida se condicionó a la realización de una batería de 150 horas formativas: una vinculación, formativa y salarial, nunca vista por cuanto que la evolución en el importe del complemento específico en la función pública jamás se ha vinculado al deber formativo que corresponde a la Administración. Por si fuera poco, dicha formación (que, en principio, iba a ser específica, creada ad casum, y referente a la implantación de la nueva oficina judicial) acabó como un apagadero de fuegos en el que la Administración, evadiendo su compromiso de impartir una formación específica, dio cabida para justificar su cobertura a la prevista por el IAAP (no disponible para todo el personal de Justicia de Andalucía por su limitación de plazas), así como a la llamada formación abierta del Portal Adriano y el Escritorio Judicial (una formación que, por no tener certificado de aprovechamiento, no contribuye, ni siquiera, a la promoción interna de los titulares).

            Llegados a este punto, desde SPJ-USO constatamos la dificultad para asociar el aumento retributivo a la realización de estas 150 horas formativas, por cuanto que era imposible vincular en su cumplimiento obligatorio a lo largo de dos años a aquellos compañeros que no pudieran acceder a dicha formación por tener en curso una baja médica de larga duración, así como a los que aterrizaran posteriormente en la comunidad andaluza por medio de un concurso de traslados, o a aquellos otros que accedieran a fin de término a la función pública. Es por ello que, tras abrir los ojos de la Administración respecto a tal realidad, desde SPJ-USO garantizamos formalmente y para todo el personal de Justicia el cumplimiento formal del requisito formativo para todo el personal de Justicia al conseguir en mesa sectorial que la Consejería diera por válida, a efectos de cómputo, la mera descarga de ciertos temarios referentes a unas particulares actividades formativas.

            Mientras tanto, sin embargo, las fuerzas sindicales firmantes (CSIF, STAJ, CCOO y UGT) tuvieron entretenido a todo el personal de Justicia de Andalucía alentando el temor de la debida cumplimentación estricta de tales horas como requisito indispensable para obtener la exigua subida salarial, vadeando y fomentando las inercias de refrescar la página con el consabido F5 para no interrumpir el cómputo temporal de las correspondientes actividades formativas o proporcionando bajo cuerda las respuestas de las mismas a sus afiliados: una reacción que favorecía el aparente servicio de estos sindicatos a sus puntuales afiliados, pero que tuvo entretenido al personal de Justicia sin necesidad alguna durante dos años.

            Al final, el tiempo nos ha dado la razón: la subida se produjo, como no podía ser de otra manera, para quienes cumplieron el requisito de reunir las horas formativas y para quienes no lo cumplieron. Sin embargo, a costa de esta sinrazón formativa y de la asunción de todas las responsabilidades y funciones que podíamos asumir, se nos obligó a aceptar una pobre subida salarial del complemento específico que, a pesar de ser Andalucía la comunidad autónoma con más carga de trabajo de España, nos situó por detrás de Madrid, Cantabria, Navarra y País Vasco. 

RECUPERACIÓN DE LAS DETRACCIONES SALARIALES DE 2013 Y 2014

            Sin duda, el apartado DUODÉCIMO, ha sido uno de los GRANDES FRACASOS de este acuerdo. Mientras que, hoy por hoy, ya se han devuelto, vía calendario de pago (tal y como exigía para Andalucía SPJ-USO), todos los recortes en las comunidades afectadas, el personal de Justicia de Andalucía sigue pendiente de pago por culpa del cheque en blanco que los sindicatos firmantes, CSIF, STAJ, CCOO y UGT, otorgaron a la Consejería por medio del acuerdo: la restitución de las cantidades debidas “se irá abordando en la medida en que lo permita la legislación básica estatal y el cumplimiento de la sostenibilidad económico-financiera”. Así, desde esta flexibilidad cómplice con la Administración, tales devoluciones ni están, ni se las espera. En este sentido, ya habréis tenido noticia de la campaña de recogida de firmas que, a iniciativa de SPJ-USO, hemos estado desarrollando a fin de subsanar lo que consintieron suscribir los sindicatos firmantes.

CARRERA PROFESIONAL

            El apartado DÉCIMO TERCERO es el otro GRAN FRACASO de este acuerdo y, por tanto, de los sindicatos firmantes. Como ya os hemos trasladado por medio de otras circulares, las partes se comprometieron a que, antes de que concluyera el 2021, se crearía un mero grupo de trabajo para el estudio y desarrollo de la carrera profesional, la cual, como ya sabéis, lleva aparejada un importante complemento retributivo al cual tenemos derecho y ya se está cobrando en otros territorios. Pues bien,  el grupo de trabajo no sólo no se ha constituido a la fecha de publicación de este informe, sino que nos da la impresión de que tanto la Consejería como la mayoría de los sindicatos firmantes del acuerdo están dedicándose a dilatar esa negociación todo lo posible, para ver si entre tanto el Ministerio tiene a bien hacer alguna de sus “promesas de futuro” al respecto (en la última Mesa de 10-2-22 los firmantes del “extinto” Acuerdo, acordaron reunir la comisión de seguimiento de dicho acuerdo para ver si se volvía a acordar lo ya acordado, es decir la creación del grupo de trabajo para el estudio y desarrollo de la carrera profesional en Andalucía…¿¿??) Y por si fuera poca la pena, la Consejería esgrime, con el apoyo expreso de CSIF, que haya o no grupo de trabajo no se implantará la carrera profesional en Andalucía mientras que no se desarrolle previamente a nivel ministerial.

            Si fuera necesaria, como dicen algunos sindicatos y la Consejería, la previa regulación por parte del Ministerio, estas comunidades (Valencia y Galicia) no estarían cobrando actualmente dicho complemento.   Quizá no sepan que la carrera profesional ya se introdujo en 2007 por la vía del Estatuto Básico del Empleado Público y que ya ha sido implantada y se está cobrando en numerosas administraciones (locales, autonómicas, sanidad, educación….)

             Lo que desde SPJ-USO no entendimos en su momento es por qué la literalidad del acuerdo contentaba a las partes firmantes con la creación de un mero grupo de trabajo, postergado en su momento a dos años vista,  mientras que en otro territorio ya se estaba cobrando la carrera profesional.

IMPLANTACIÓN DE LAS OFICINAS JUDICIALES Y FISCALES DE ANDALUCÍA

            Este punto CUARTO fue el de mayor interés para la administración, pues forzaba una implantación exprés con una negociación de mínimos, siendo, por ello, el único punto que no tiene un periodo de vigencia tasado. Y si bien se han ido negociando, sobre todo en 2021, varias oficinas judiciales y fiscales, actualmente se ha detenido su implantación debido a la orden del Ministerio de Justicia de paralizar de forma inmediata la implantación de la NOJ ante la próxima aprobación de la ley que regulará el nuevo modelo organizativo basado en los Tribunales de Instancia y las oficinas de Justicia, de lo que ya os informamos en su momento.

MEDIDAS DE REDUCCIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL

            Respecto al punto QUINTO, en el transcurso del año 2020, se ofertaron las plazas que se consideraban estructurales (inicialmente, eran 144 plazas en Andalucía; finalmente, se ofertaron poco más de 100). También es cierto que la reducción de la tasa en el porcentaje de interinidad es un “caramelo ya ganado” que se nos ha vendido falsamente como una ganancia del acuerdo: a estas alturas, todos sabemos que tal circunstancia viene impuesta por una sentencia de la Unión Europea y, por lo tanto, ajena a la aprobación del presente acuerdo, ya que se tendría que haber reducido dicha tasa independientemente de que se reflejara o no en el acuerdo.

COBERTURA DE PLAZAS POR BAJAS, ENFERMEDAD U OTRAS SITUACIONES

            Por lo que se refiere al punto SEXTO, se han mejorado las condiciones en el procedimiento de cobertura de plazas por enfermedad y otras situaciones, teniendo en cuenta que veníamos de una crisis en la cual las coberturas por IT se dilataron hasta el extremo y de forma vergonzosa. Así, por un lado, se han tasado los supuestos a cuya cobertura se dará inicio de inmediato y, para el resto de incapacidades temporales (que son la gran mayoría) se establece que el órgano gestor iniciará la cobertura en el plazo de mes y medio, (“como plazo medio”, esto es, puede transcurrir un plazo mayor), un término que seguimos considerando excesivo y que se cumple con distinta fortuna según las provincias.

GRUPO DE TRABAJO PARA LA ELABORACIÓN DE UN BORRADOR DE ORDEN REGULADORA DE PROVISIÓN DE PUESTOS CON CARÁCTER PROVISIONAL

            En cuanto al apartado SÉPTIMO, sí que se constituyó un grupo de trabajo, tal y como, desde hacía tiempo, se venía reclamando SPJ-USO. Un grupo que ha desarrollado la nueva regulación de las comisiones de servicio (texto que aún no ha sido aprobado) y en la que hemos conseguido que se introduzca el concepto de sustitución de servicios sin relevación de funciones, un concepto cuya remuneración, a este respecto, tendrá que ser acordada en mesa sectorial.  No obstante, sigue sin aceptarse la propuesta de SPJ-USO de que el personal que sustituye cobre el 100 % de las retribuciones del puesto sustituido, es decir, lo mismo que un titular cobraría en ese puesto, cosa que sí que ocurre en otras comunidades autónomas, e incluso entre el personal interino aquí en Andalucía, lo cual constituye un evidente agravio que SPJ-USO no esta dispuesto a aceptar sin mas.

COBERTURA DE LAS SUSTITUCIONES POR LIBERACIÓN SINDICAL

            En relación al apartado OCTAVO, desde que se aprobó el acuerdo, sí que se han ido cubriendo las plazas de las liberaciones sindicales por titulares en comisión de servicio, pero el problema radica en el momento en que se sobrepase el 30% del cómputo total de liberados existentes en cada ejercicio (límite establecido INEXPLICABLEMENTE en el acuerdo) ya que, si dicha situación aconteciera, ¿se cubrirían dichas plazas por titulares?

MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y PERSONAL

            El compromiso del punto NOVENO ha dado lugar a la regulación de la bolsa de horas de libre disposición acumulables entre sí y recuperables (de hasta el 5% de la jornada anual), la regulación del sistema específico de acumulación de jornada semanal, la regulación de la reducción de jornada retribuida por enfermedad o accidente tras la finalización de un tratamiento de radioterapia, quimioterapia u otros tratamientos de especial gravedad debidamente justificados. No obstante, acusamos la indiferencia de la Administración, tanto más en plena pandemia, al no facilitar el desarrollo de medidas de conciliación o permisos para el supuesto de que un hijo/a tenga que pasar cuarentena por contacto estrecho en su centro escolar.

ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE PERMISOS 

            En cuanto al DÉCIMO apartado, hoy por hoy, no se ha realizado ninguna actualización del manual de permisos, cuando existía el compromiso de la creación de su correspondiente grupo de trabajo para antes del 30 de abril de 2019 y a los fines de actualizar el manual de 30/07/2013.

APROBACIÓN DE UN PLAN SECTORIAL DE IGUALDAD

            Respecto al apartado UNDÉCIMO, en la actualidad, se está trabajando en el estudio del Plan Sectorial de Igualdad, el cual viene condicionado por el Plan marco que se adopte por la Mesa General de Negociación Común.

RPT DE CÓRDOBA

            Quepa también decir que la firma del acuerdo condicionaba igualmente la aceptación por los firmantes de un exiguo modelo de RPT en la nueva oficina judicial de Córdoba, modelo que serviría de guía a la implantación en las capitales de Andalucía de nivel 2 de la Nueva Oficina Judicial (hoy, como ya hemos dicho, en suspenso). Un modelo que se contentó con contemplar, únicamente, un 6 % de puestos singularizados (mejor retribuidos), a pesar de que las propias RPTs de la Junta de Andalucía contemplan actualmente para sus funcionarios más de un 70 % de puestos singularizados. El acuerdo, por tanto, se negó a reconocer en Justicia los factores de “penosidad” y “especial dificultad” de nuestros puestos de trabajo, factores que vienen recogidos en la Ley y que sí se reconocen en la junta para los funcionarios de la administración general, siendo éste OTRO NUEVO AGRAVIO hacia nuestro colectivo Justicia, y subiendo… 

A CONTINUACIÓN OS ADJUNTAMOS UN CUADRANTE A MODO DE RESUMEN DONDE SE REFLEJAN LOS PUNTOS MÁS CONTROVERTIDOS

TEMA QUÉ DICE EL ACUERDO QUÉ PEDÍA SPJ-USO GRADO DE CUMPLIMIENTO
RETRIBUCIONES 90 euros brutos de complemento específico. Un mínimo de 120 euros, sin condicionante formativo. -La subida se vinculó inadecuadamente a un condicionante de 150 horas formativas y, a pesar de ser la comunidad con más carga de trabajo de España.

 

-Nos situó en complemento específico por detrás de Navarra, Madrid, País Vasco, Cantabria.

 

Este acuerdo daba por retribuidas las nuevas funciones ya asumidas y derivadas de la digitalización de la Justicia, y con aquellas que se derivaran de la implantación de la NOJ

CARRERA PROFESIONAL Se constituirá un grupo de trabajo para tratar su desarrollo antes de que concluyera 2021. La IMPLANTACIÓN de la carrera profesional como la que negociamos en Galicia, donde los compañeros ya la están cobrando. Ninguno. No sólo no se ha creado el grupo de trabajo sino que la Consejería se niega a constituirlo con el apoyo expreso de CSIF.
DEVOLUCIÓN DE LOS RECORTES SALARIALES DE 2013 Y 2014. Se irá abordando la restitución en la medida en que lo permita la legislación básica estatal y la sostenibilidad económica. Un CALENDARIO DE PAGO que acordará las devoluciones en plazos tal y como se hizo en Cataluña, que ya ha cobrado su deuda. Ninguno.
NOJ

(implantación modelo en Córdoba)

La NOJ de CORDOBA contempla solo el 6% de puestos singularizados (mejor retribuidos). Subir la ratio de puestos singularizados (mejor retribuidos) para Justicia a niveles similares al porcentaje existente en la Administración General de la Junta de Andalucía (70%)

-Incluir en las RPTs los factores de penosidad y especial dificultad.

En suspenso, habida cuenta de la próxima aprobación de la ley que regulará el nuevo modelo organizativo basado en los Tribunales de Instancia y las oficinas de Justicia.

 

CONCLUSIÓN FINAL

  • Los sindicatos firmantes, CISF, STAJ, CCOO y UGT suscribieron un nefasto acuerdo que tenía a la Administración como mayor beneficiaria y en el que se comprometían a constituir multitud de grupos de trabajo, muchos de los cuales no han sido creados, particularmente los más importantes: sobre todo aquellos de los que se derivaban mayores retribuciones para los funcionarios de justicia y mayor gasto para la Administración.
  • La subida salarial obtenida ha sido ridícula en comparación con las nuevas funciones que ya hemos asumido a cambio y nos sitúa lejos de cotas más altas de complemento específico (Navarra, Madrid, País Vasco, Cantabria), y todo ello a pesar de ser Andalucía la comunidad con más carga de trabajo de España.
  • Para la devolución de los recortes salariales de 2013 y 2014 se firmó un cheque en blanco que dejó en manos de la Administración la consideración del momento en que tales devoluciones pudieran llevarse a cabo. Todas los demás territorios afectados por los recortes ya han abonado las correspondientes devoluciones vía calendario de pago, tal y como exigía SPJ-USO.
  • La CARRERA PROFESIONAL no sólo no se ha debatido en el grupo de trabajo propuesto a tal fin, sino que, además, dicho grupo, no ha sido creado con la aquiescencia expresa de CSIF, posicionado del lado interesado de la Administración, y la pasividad de la mayoría de los firmantes de este acuerdo, que ahora han decido convocar la “comisión de seguimiento del Acuerdo” (ya finado) para ver si vuelven a acordar la creación del mencionado grupo de trabajo, es decir lo que se suponía que ya estaba acordado ¿¿?? ….. Mientras tanto, el personal de Valencia y Galicia lleva desde 2016 y 2020, respectivamente, cobrando en sus nóminas el complemento de carrera profesional. ¿Es que LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA DE ANDALUCIA no nos merecemos la carrera profesional?

POR TODOS ESTOS MOTIVOS

SPJ-USO NO FIRMÓ EL ACUERDO DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2018