Tal y como se acordó en la mesa sectorial del pasado 06 de abril, se ha dictado la RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OFICINA JUDICIAL Y FISCAL POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 22 DE OCTUBRE DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OFICINA JUDICIAL Y FISCAL, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LAS LISTAS DE RESERVA, RECOGIDAS EN EL ARTÍCULO 3.5.E) DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 2015 SOBRE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO DE LOS CUERPOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
En dicha resolución, se ha resuelto:
Primero.- Modificación de la Resolución de 22 de octubre de 2020 por la que se dictan instrucciones para la entrada en funcionamiento y gestión de las listas de reserva, recogidas en el art. 3.5.e) de la Orden de 2 de marzo de 2015 sobre selección y nombramiento de personal interino de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El apartado octavo relativo al régimen transitorio se modifica quedando como sigue:
“1.- Las convocatorias de acceso a los distintos Cuerpos de la Administración de Justicia cuyos exámenes se hayan celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución se regirán, en cuanto a la conformación, gestión y tramitación de las listas de reserva, por lo dispuesto en la misma.
2.- A tal efecto, se habilitará un plazo de 10 días naturales, que se anunciará en el Portal Adriano, para los opositores de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa que habiendo participado por el ámbito territorial de Andalucía, en la convocatoria 2017–2018, aprobaron el primero de los ejercicios. Para este plazo de presentación de solicitudes, que ampliarán el número de personas que conforman la lista de reserva, sólo se computará la calificación obtenida en el primer ejercicio de la oposición”.
3.- Igualmente se expondrá en el Portal Adriano la forma de presentación de tales solicitudes.”
Segundo. Efectos
La presente resolución producirá efectos desde el mismo día de su firma
Resolucion modificacion lista de reserva v5(F)[17232]