lunes,
19 de octubre de 2026

SPJ-USO GRANADA COMISIONES DE SERVICIO Y SUBSIDIARIAMENTE SUSTITUCIONES VERTICALES. SUSTITUCIONES HORIZONTALES Y/O VERTICALES CONVOCADAS POR RESOLUCIÓN DE 18 DE OCTUBRE.

Se han publicado en el Portal Adriano convocatorias de 18 de octubre para cobertura por Comisión de Servicio y subsidiariamente  sustitución vertical de los puestos convocados por Resolución de la Secretaría General Provincial de Justicia así como por sustitución horizontal y/o vertical de lo que adjuntamos enlaces:

https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/inline-files/2026/10/L65HF0~1_0.PDF

https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/inline-files/2026/10/IBLN40~1_0.PDF

Plazo de solicitudes: Del 20 al 26 de octubre ambos inclusive.

Requisitos: 
. De acuerdo con el artículo 6.2 de la Resolución 2 de febrero de 2024 de la S.G.S.J, el personal candidato a cubrir las plazas ofertadas, tanto en comisión de servicios como en sustitución, deberán reunir y, en su caso, acreditar los siguientes requisitos , referidos a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, así como mantener los mismos hasta la toma de posesión:
a) Pertenecer al Cuerpo de funcionarios al que se adscribe la plaza en los supuestos de comisión de servicio o sustitución horizontal o requisitos de titulación para cuerpo superior en el caso de
sustitución vertical. En este último caso no será exigible al personal funcionario que se encuentren en excedencia en la escala del puesto de trabajo susceptible de ser provisto mediante sustitución.

b) Acreditar estabilidad efectiva mediante el desempeño efectivo y continuado en el puesto de trabajo desde el que participa en la convocatoria, de un mínimo de seis meses, bien sea con carácter definitivo o provisional. Se admitirá la participación desde un puesto ocupado con carácter provisional en el caso de que la ausencia de perfección del plazo de seis meses no sea imputable al funcionario o funcionaria.
También se admitirá la participación desde un puesto con carácter provisional, en el que el cómputo de seis meses en ese puesto aún no se haya cumplido, siempre que se tenga constancia fehaciente de que el puesto provisional que se viene desempeñando será ocupado por su titular en el plazo de dos meses, a contar a partir de la convocatoria de la comisión o sustitución.

c) Aportar informe sobre el otorgamiento de la comisión de servicios o sustitución, emitido por el Letrado o Letrada de la Administración de Justicia del órgano judicial o persona responsable de la unidad o centro donde la persona esté prestando servicio. Este informe preceptivo no tendrá carácter vinculante. En todo caso, los informes con carácter desfavorable estarán lo suficientemente motivados. En el caso de negativa por el órgano correspondiente a facilitar informe, se tendrá por evacuado de manera
favorable, circunstancia ésta que deberá ser acreditada mediante declaración responsable del solicitante. En todo caso, la persona solicitante podrá presentar, en el plazo de tres días, cuanta
documentación y alegaciones estime convenientes para apoyar su solicitud en el caso de que el citado informe tenga carácter desfavorable.

d) En el caso de que una persona funcionaria se encuentre desempeñando una comisión de servicios o una sustitución y solicite otra plaza de la misma naturaleza provisional, deberá cumplir con el plazo de 6 meses de desempeño efectivo del puesto obtenido de manera provisional, de conformidad con el punto b) de este apartado. Igualmente, deberá volver a presentar el informe motivado del Letrado o Letrada de la Administración de Justicia o persona responsable del órgano judicial en el que la persona esté prestando servicio, referido al nuevo puesto solicitado.