martes,
22 de septiembre de 2026

SPJ-USO ANDALUCÍA. PRESENTACIÓN DE ESCRITO AL CONSEJERO. REIVINDICACIONES RETRIBUTIVAS Y SUBIDA DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO. ENTRE OTRAS.

A/A CONSEJERO DE TURISMO, JUSTICIA, DESREGULACIÓN

Y ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Plaza de la Gavidia nº 10

41002 Sevilla

D. ALFONSO JUSTICIA BARAJAS, mayor de edad, en nombre y representación del SINDICATO PROFESIONAL DE JUSTICIA DE LA UNION SINDICAL OBRERA DE ANDALUCIA (SPJ-USO ANDALUCÍA) en calidad de Secretario General de la citada organización, como mejor proceda, comparece y

EXPONE

PRIMERO.- La Administración de Justicia andaluza atraviesa un momento de profunda transformación. La implantación de los nuevos modelos organizativos, la reorganización de los órganos judiciales y la progresiva asunción de nuevas funciones y responsabilidades hacen imprescindible abordar, de una vez por todas, la situación retributiva de los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia en Andalucía.

Y en este proceso hay una cuestión que ya no puede seguir aplazándose, los funcionarios/as de Justicia de Andalucía pertenecen a los mismos Cuerpos que sus compañeros/as de otras Comunidades Autónomas, desempeñan funciones equivalentes y tienen las mismas responsabilidades. Sin embargo, sus retribuciones son muy diferentes. Esta diferencia no ha dejado de crecer durante los últimos años.

Mientras Andalucía permanece prácticamente estancada a pesar de encontrarse entre las comunidades autónomas con mayor carga de trabajo, otras autonomías han alcanzado acuerdos que han supuesto incrementos de cientos de euros mensuales en los complementos autonómicos del personal de Justicia. Aquí a lo sumo se ha llegado a dar pinceladas a un acuerdo de productividad impuesto desde Función Pública que según nos consta ha sido rechazado de plano por la Dirección General de Presupuestos. Por lo tanto nos encontramos en la casilla de salida.

SEGUNDO.- En otras CC.AA, que al igual que Andalucía, tienen transferidas las competencias en materia de medios personales y materiales de la Administración de Justicia, se han llevado a cabo acuerdos retributivos en el periodo 2024-2026 (sin tener en cuenta los incrementos porcentuales básicos para el empleo público estatal), y que han supuesto un aumento del Complemento Específico de los/as trabajadores/as de la Administración de Justicia en dichas Comunidades y cuyos datos son suficientemente claros:

ARAGÓN: Ha acordado incrementos en el C.E. de hasta 300.-€/mes para el Cuerpo de Gestión P.A., 295.-€/mes para el Cuerpo de Tramitación P.A. y 280.-€/mes para el Cuerpo de Auxilio Judicial.

CANARIAS: Tras acuerdo sectorial, han acordado incrementos retributivos en el C.E. de hasta 345.-€/mes para el Cuerpo de Gestión P.A., 335.-€/mes para el Cuerpo de Tramitación P.A. y 325.-€/mes para el Cuerpo de Auxilio Judicial.

ASTURIAS: Ha acordado mejoras retributivas en el C.E. de hasta 295.-€/mes para el Cuerpo de Gestión P.A., 190.-€/mes para el Cuerpo de Tramitación P.A. y 165.-€/mes para el Cuerpo de Auxilio Judicial.

LA RIOJA: Ha aprobado incrementos en el C.E. de 195.-€/mes en el Cuerpo de Gestión P.A., 180.-€/mes en el Cuerpo de Tramitación P.A. y 165.-€/mes en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

MADRID: Ha acordado incrementos en el C.E. de 170.-€/mes en el Cuerpo de Gestión P.A., 165.-€/mes en el Cuerpo de Tramitación P.A. y 160.-€/mes en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

GALICIA: Además de mejorar sus complementos autonómicos, ha consolidado y mejorado las retribuciones previstas en el complemento autonómico de Trayectoria Profesional, que reconoce económicamente la experiencia y progresión profesional de sus funcionarios de Justicia.

VALENCIA: Además de mejorar retributivamente el complemento de Trayectoria Profesional del que dispone, y ha alcanzado acuerdo que incrementa las retribuciones del C.E. entre 148,23.-€/mes y 169,69.-€/mes en el Cuerpo de Gestión P.A., entre 139,86.-€/mes y 157.-€/mes en el Cuerpo de Tramitación P.A., y entre 117,54.-€/mes y 148,80.-€/mes en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

MINISTERIO DE JUSTICIA (ÁMBITO NO TRANSFERIDO): Ha acordado incrementos en el C.E. de 195.-€/mes en el Cuerpo de Gestión P.A.; 180.-€/mes en el Cuerpo de Tramitación P.A.; y de 165.-€/mes en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

Estos ejemplos demuestran que sí es posible mejorar las condiciones retributivas del personal de Justicia desde las Comunidades Autónomas. Y demuestran también que no existe ninguna razón objetiva para que Andalucía permanezca al margen.

Por contra en Andalucía, el último gran incremento general del complemento específico de los funcionarios de Justicia andaluces se remonta al acuerdo de 2018, con una subida de 90 euros mensuales. Desde entonces, mientras otras comunidades han seguido negociando y mejorando sus complementos. Andalucía no, hasta la fallida negociación de la productividad antes señalada, y que han supuesto que actualmente, los funcionarios/as de la Administración de Justicia en Andalucía estén a la cola a nivel retributivo, respecto del resto de territorios del Estado, siendo por contra una de las comunidades autónomas con una mayor tasa de litigiosidad.

Mientras otros territorios han avanzado hacia la equiparación y el reconocimiento profesional, los funcionarios de Justicia andaluces han visto cómo la diferencia retributiva se ampliaba. Y esta situación resulta todavía más difícil de entender cuando hablamos de una Comunidad Autónoma que se encuentra entre las de mayor litigiosidad, como anteriormente hemos señalado.

Ello es aún mas llamativo cuando en 2025. según palabras del Presidente de la Junta, Andalucía ha tenido un superávit de 315.000.000 de euros.

La transformación de la Administración de Justicia está exigiendo a los funcionarios:

    • Mayor flexibilidad.
    • Nuevas funciones.
    • Adaptación a nuevos modelos organizativos.
    • Nuevas herramientas tecnológicas.
    • Modificación de las formas de trabajo.
    • Mayor responsabilidad.
    • Capacidad de adaptación permanente.

Todo ello debe tener un reconocimiento profesional y económico. No puede plantearse una modernización de la Justicia basada exclusivamente en pedir más esfuerzo a sus trabajadores.

Si aumentan las responsabilidades, debe aumentar también el reconocimiento retributivo.

TERCERO.- Que en un hecho sin precedentes y hurtando las competencias de la Mesa Sectorial de Justicia el 12 de noviembre de 2025 se firmó un acuerdo en la Mesa General de Negociación de la Función Pública, posteriormente ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2025. Dicho acuerdo dejaba como única vía de subida salarial para los funcionarios de la Administración de Justicia en Andalucía, el concepto de productividad. En el que, para el colmo del despropósito y la discriminación, se excluía a los funcionarios de dicha Administración de Justicia en Andalucía, de la Carrera Profesional Horizontal Autonómica (a pesar de que el Sr. Nieto, anterior Consejero de Justicia, nos manifestó “que no iba a dejar a ningún funcionario de Andalucía fuera de la Carrera Profesional y menos a los de Justicia porque sabía que, para dichos funcionarios, no se iba a desarrollar la misma a nivel del Ministerio de Justicia”; y de la recuperación de las ayudas por Acción Social. Como guinda final dicho acuerdo en el caso del colectivo de Justicia, llevaba aparejado un recorte de 10.200.000 euros en el concepto de sustituciones de personal durante el periodo 2026-2030.

Como consecuencia de dicho acuerdo por parte de la SGAP y de la SGSJ se llevó a la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de Justicia en Andalucía, un texto sobre el nuevo complemento de productividad para su negociación.

El 8/04/2026 se firmó un Pre-Acuerdo entre la Administración y los sindicatos CSIF, STAJ y CCOO al que posteriormente se adhirió UGT –y que SPJ-USO no firmó-; el cual, iniciada su tramitación administrativa y remitido para emisión de informe preceptivo previo a la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, el cual, hasta lo que sabemos, ha rechazado dicho Pre-Acuerdo por los motivos que en el mismo constan, y que de facto ha supuesto el bloqueo de aquél, y por ende que los funcionarios/as de la Administración de Justicia en Andalucía continúen a día de hoy sin experimentar ningún incremento retributivo en sus nóminas, al ser más que justo y necesario, como hemos tenido ocasión de señalar; sino que además, como ya ha sido puesto en conocimiento de la Secretaria General de Justicia adscrita a su Consejería, ha supuesto que de forma totalmente arbitraria, e incumpliendo la normativa vigente, en este caso, el Decreto 156/2006, de 25 de julio, por el que se regulan los procedimientos y criterios para la determinación y asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones por servicios extraordinarios (BOJA núm. 164, de 24 de agosto de 2006), desde el pasado mes de enero de 2026 se ha dejado de percibir por los funcionarios/as de la Administración de Justicia andaluces, la productividad devengada desde entonces.

CUARTO.- A la vista de lo anteriormente expuesto, teniendo en consideración las numerosas modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo de los/as funcionarios/as de la Administración de Justicia en Andalucía desde la implantación de la LOESPJ, el esfuerzo de incorporación a la nueva organización establecida, la exigencia adaptativa a la transformación y modernización de la Justicia llevada a cabo por aquéllos y el estancamiento salarial que respecto de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia que prestan sus servicios en Andalucía arrastra la Comunidad Autónoma desde el año 2018; es por ello que al objeto de corregir la brecha salarial respecto a otros territorios que ya han alcanzado acuerdos de mejora retributivas recientes, desde SPJ-USO ANDALUCÍA consideramos que todo lo anterior debe conllevar un reconocimiento profesional y económico, justo y necesario a los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia en Andalucía por parte de esa Consejería a la que nos dirigimos, y ello en ejercicio de las competencias que en materia de medios personales y materiales de la Administración de Justicia tiene asumidas la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Es por ello por lo que solicitamos a esa Consejería que asuma de forma efectiva sus competencias estatutarias y proceda a la apertura inmediata de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de Justicia de Andalucía, con el único objeto de acordar un incremento retributivo en torno a la propuesta salarial que a continuación se indicará, para los más de 9.000 funcionarios/as de los Cuerpos Generales y Especiales destinados en Andalucía, equiparándolos al escenario retributivo nacional y garantizando el fin de la discriminación real que sufren por la inacción de su propio Gobierno autonómico.

Propuesta Salarial:

Incremento de TRESCIENTOS EUROS MENSUALES (300.-€/MES) en el Complemento Específico.

QUINTO.- Igualmente desde SPJ-USO ANDALUCÍA consideramos imprescindible abrir una negociación específica sobre las retribuciones y condiciones del personal de Justicia de Andalucía, que debe abordar las siguientes cuestiones:

– Carrera o Trayectoria Profesional Autonómica para los/as Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia en Andalucía: Implantar en Andalucía un sistema que reconozca económicamente la experiencia, formación, especialización y progresión profesional de los funcionarios de la Administración de Justicia, siguiendo la estela marcada por la Comunidad Valenciana, y en especial por Galicia, comunidades que han implantado tal complemento autonómico, y que reconozca la experiencia, la formación, la especialización y el desempeño profesional deben tener un reconocimiento económico real como lo han tenido los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía. .

– Devolución de las detracciones 2013-2014: Solicitamos por tanto la devolución de las detracciones salariales que sufrimos durante los años 2013 y 2014, un recorte que supuso el 5% de nuestras retribuciones periódicas brutas anuales y que, en la práctica, viene a cuantificarse aproximadamente en el importe de dos pagas extras, esto es, una cantidad media de unos 100 euros mensuales a lo largo de sendas anualidades.

– Recuperación de la Acción Social para la Administración de Justicia en Andalucía: El personal de la Administración de Justicia de Andalucía disfrutó históricamente de medidas de acción social que fueron suspendidas en el contexto de las medidas de ajuste presupuestario de 2012. Hoy, sin embargo, la situación es muy diferente. La Junta de Andalucía ha iniciado la recuperación progresiva de la acción social para el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, Sanidad y Educación, en el Acuerdo de 12 de noviembre de 2025 de la Mesa General de Negociación de la Función Pública, suscrito entre la Consejería y las organizaciones CSIF, UGT y CCOO, posteriormente ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2025, mientras que el personal de Justicia continúa excluido de esta recuperación.

Esta situación resulta difícilmente justificable y supone una diferencia de trato entre empleados públicos de la propia Junta que debe estar basada en una razón objetiva, razonable y proporcionada. La mera pertenencia a los Cuerpos de Justicia no puede convertirse, por sí sola, en una justificación para mantener indefinidamente esta exclusión. Especialmente cuando hablamos de un colectivo que ya disfrutaba de estas ayudas antes de su suspensión.

La recuperación de la acción social debe alcanzar también al personal de Justicia en las mismas condiciones que el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.

No solicitamos un privilegio. Pedimos recuperar un derecho que ya teníamos. Mantener al personal de Justicia fuera de la recuperación de la acción social mientras se restituye para otros empleados públicos supone una discriminación que debe ser corregida.

– Derogación de los Recortes previstos en materia de sustituciones para el Sector Justicia: En el anteriormente señalado Acuerdo de 12 de noviembre de 2025 de la Mesa General de Negociación de la Función Pública, suscrito entre la Consejería y las organizaciones CSIF, UGT y CCOO, posteriormente ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2025, se acordaba un paquete de medidas de ajuste económico en el Sector Justicia de Andalucía (que ha tenido igualmente reflejo en el Plan Estratégico de Justicia Andalucía 2030) y que durante el periodo comprendido entre los años 2026-2030 supone un recorte en el capítulo de sustituciones de personal de 10.200.000.-€, ajuste del que solicitamos expresamente se derogue y se deje sin efecto.

– Actualización del Complemento de Productividad regulado en el Decreto 156/2006, de 25 de julio (BOJA núm. 164, de 24 de agosto de 2006): Las cuantía de la productividad ha de actualizarse con independencia de la necesaria subida del Complemento Específico. Puesto que ambos conceptos retribuyen realidades diferentes. No se actualiza desde el año 2006 habiéndose producido en este periodo un variación del IPC de un 50,07 % (Fuente INE) de tal forma que los 90 euros abonados trimestralmente han de actualizarse a 135,63 euros.

– Sustituciones Verticales: Cuando un funcionario de Justicia sustituye temporalmente un puesto de un cuerpo superior, no realiza simplemente tareas adicionales: ocupa efectivamente un puesto de superior categoría, asume sus funciones, responsabilidades y carga de trabajo y permite a la Administración cubrir una necesidad del servicio.

Por ello, resulta razonable reclamar que durante ese periodo perciba la totalidad de la diferencia económica existente entre su cuerpo de origen y el cuerpo superior que está sustituyendo. La sustitución vertical supone el desempeño efectivo de funciones y responsabilidades correspondientes a un cuerpo superior. No parece justificado que la Administración reciba íntegramente ese trabajo, pero mantenga una retribución inferior para quien lo realiza.

Andalucía no puede sostener que sea jurídicamente imposible compensar íntegramente al funcionario. Existen mecanismos normativos y retributivos utilizados por otras administraciones para evitar que quien sustituye cobre menos que el puesto que efectivamente desempeña.

Es cierto que, el artículo 519 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vincula las retribuciones básicas al cuerpo de pertenencia. Sin embargo, esto no impide que la Administración establezca una compensación económica equivalente a la diferencia restante.

La solución, por tanto, puede consistir en mantener formalmente el cuerpo de origen del funcionario y, al mismo tiempo, garantizar mediante un complemento compensatorio o fórmula equivalente que perciba el 100 % de la retribución correspondiente al puesto superior. De esta forma, no se altera la carrera profesional ni el sistema de cuerpos, pero se evita una situación injusta.

La sustitución vertical no puede convertirse en un mecanismo de ahorro para la Administración a costa del funcionario que asume mayores funciones y responsabilidades.

– Teletrabajo para el personal de Justicia de Andalucía: La regulación del teletrabajo debe alcanzar también al personal de la Administración de Justicia de Andalucía, siempre que las características del puesto y las necesidades del servicio permitan su desarrollo a distancia.

La Ley 5/2023, de Función Pública de Andalucía, reconoce el teletrabajo como modalidad de prestación del servicio y establece que debe contribuir a una mejor organización del trabajo, a la optimización de recursos y a la conciliación de la vida profesional y personal. Además, contempla expresamente al personal de Justicia dentro de su ámbito de aplicación.

Si el teletrabajo es una herramienta válida para mejorar la organización, la eficiencia y la conciliación en la Administración autonómica, también debe serlo para aquellos funcionarios de Justicia cuyos puestos permitan su aplicación. Por tanto en necesaria una regulación del Teletrabajo en unas condiciones similares a las del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, sin restricciones arbitrarias ni requisitos distintos en cuando a su autorización y ejercicio.

Por todo ello, desde SPJ-USO ANDALUCÍA solicitamos la celebración urgente de la Mesa Sectorial de Negociación en el ámbito de la Admón. de Justicia de la Junta de Andalucía a fin de abordar la problemática planteada.

En Málaga, a 22 de septiembre de 2026

Fdo. Alfonso Justicia Barajas

Secretario General SPJ-USO ANDALUCÍA.

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