A finales de 2025 culminó la implantación de la fase tres de los nuevos Tribunales de Instancia y con ella la implantación generalizada de los mismos. Se trata de la “medida estrella” del actual Gobierno para combatir los males endémicos de la Justicia en nuestro País.
No obstante, tras el primer mes de andadura de este nuevo modelo organizativo se están confirmando nuestros temores de que esto se iba a hacer sin las debidas previsiones y a base de improvisación; veámoslo:
- CAOS EN LA GESTIÓN DE PERSONAL
- Asignación de personal: Se está produciendo un verdadero caos en la asignación del personal a los distintos “equipitos” funcionales que se han creado dentro de los equipos y áreas, con criterios opacos y sin una pauta clara ni respecto de antigüedad, salvo la de que se permita a los jueces elegir a funcionarios para su apoyo directo sin posibilidad de negarse a ello por parte de los “elegidos”.
- Atomización del modelo: El modelo previsto en la Ley de eficiencia organizativa, que pivotaba sobre grandes servicios comunes y áreas, en la práctica se está atomizando en múltiples “equipitos” de dimensiones, en muchos casos, incluso menores a las de las de los juzgados precedentes.
- Problemas de sustitución: Esta atomización de los equipos funcionales va a conllevar, sin duda, problemas tras las ausencias por motivos de vacaciones, permisos o bajas por enfermedad.
- Amortización de plazas: Se están produciendo amortizaciones de plazas aprovechando el río revuelto que supone este cambio de modelo organizativo.
- Carga de trabajo: Las pocas plazas que se han creado son en su mayoría plazas de jueces, sin que ello conlleve un aumento proporcional del personal de los cuerpos generales, lo cual va a suponer añadir más carga de trabajo a unos servicios comunes, áreas y equipos que ya nacen sobrecargados.
- DEFICIENCIAS TÉCNICAS Y MATERIALES
- Gestión Procesal: No se han adecuado aún los programas de gestión procesal, lo que implica que dentro de las áreas y equipos que prestan soporte a las distintas secciones del Tribunal de Instancia, se esté actuando por la vía de hecho como si fuesen órganos separados y no integrados dentro de la misma sección, manteniéndose el registro de los procedimientos de forma independiente por cada juez de dicha sección, con lo que se da el absurdo de que se siguen produciendo “inhibiciones” dentro de una misma sección del T.I.
- Espacios y medios: No se ha procedido por la Administración a la distribución de los espacios existentes para ubicar con criterios lógicos y prácticos al personal, por lo que este se encuentra disperso en los distintos edificios judiciales. Se están dando casos en los que el personal tiene que llevarse incluso su silla por carecer de ella en el nuevo destino.
- Herramientas digitales: No se han otorgado los permisos necesarios para poder operar con los múltiples programas y aplicaciones digitales necesarios para desarrollar nuestra labor.
- Papel Cero: Se sigue trabajando con papel en la mayor parte de las áreas y equipos, duplicando el trabajo, ya que el expediente se ha de tramitar primero digitalmente. El famoso lema aquel de “papel cero” en la Administración de Justicia sigue sin llevarse a la práctica, varios años después de anunciarse a bombo y platillo como medida estrella en los medios de comunicación.
III. PROTOCOLOS NEGATIVOS
- Por parte de los LAJs directores se están dictando PROTOCOLOS, siguiendo las pautas del Ministerio, que normalizan el que no se cubran las bajas por enfermedad y se proceda a la redistribución del personal en su lugar.
- Estos protocolos además imponen que los casos urgentes sean asignados al personal con mayor experiencia, utilizando dicha experiencia como criterio para imponer más responsabilidad y carga de trabajo sin reconocimiento ni retribución.
Ante tanto despropósito, desde SPJ-USO nos preguntamos: ¿qué opinan al respecto los abanderados de la PAZ SOCIAL? Los sindicatos, CSIF, STAJ, UGT y CIG, que el 8 de enero de 2025, antes siquiera de negociarse ninguna RPT en todo el País, ya le firmaron al Ministerio un cheque en blanco, en forma de acuerdo escrito, garantizando expresamente la paz social durante todo el proceso de implantación de los Tribunales de Instancia y con ello su conformidad de antemano con todo lo que estaba por venir.
Que la Administración de Justicia necesita de reformas para su mejora es algo que desde SPJ-USO no ponemos en duda, pero sobre lo que si tenemos serias dudas es sobre que esta reforma, basada en los nuevos Tribunales de Instancia e impuesta por una deficiente Ley de Eficiencia Organizativa, sea la que la ciudadanía y la Justicia necesitaban, y lamentablemente el tiempo no hace más que darnos la razón.
Descargar la circular completa desde el siguiente enlace: 260205 circular SPJ-USO. IMPLANTACIÓN TRIBUNALES DE INSTANCIA-falta de prevision e improvisacion






