Se ha publicado en la página de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía, la siguiente resolución:
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace electrónico por un plazo improrrogable de TRES (3) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para que el personal funcionario titular referenciado en párrafos anteriores comunique su decisión mediante formulario, dirigido a la Secretaría General de
Servicios Judiciales:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CJALFP_25880
Todas las solicitudes deberán presentarse, única y exclusivamente, a través de los medios telemáticos habilitados por la Secretaria General de Servicios Judiciales. El personal funcionario será responsable de la veracidad de los datos proporcionados con su solicitud, pudiendo incurrir en un delito de falsedad documental en caso de consignar datos o documentos falsos, incompletos o inexactos.
En el trascurso del proceso, se podrán convocar nuevas consultas al personal funcionario titular a fin de atender singularidades que puedan surgir durante el acoplamiento.






