Real Decreto 530/2025: organización y personal en la nueva Justicia
El Real Decreto 530/2025, publicado en el BOE del 25 de junio de 2025, regula la organización del personal de la Administración de Justicia en las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas de Justicia en los municipios, en cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
¿Qué regula este Real Decreto?
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El proceso de transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia en los municipios.
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La creación de agrupaciones municipales para la gestión colaborativa de estas oficinas.
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La estructura y dotación del personal funcionario en estas nuevas oficinas.
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La dependencia funcional del personal y su vinculación con los jueces de paz y la Administración de Justicia.
Proceso de acoplamiento del personal
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Se garantiza que ningún funcionario perderá retribuciones al pasar a un nuevo puesto si no es por voluntad propia.
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Se establece un orden de acoplamiento: libre designación, concursos específicos, confirmación en el puesto y, en último término, redistribución.
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Se prioriza la antigüedad y el respeto al tipo de órgano de origen para la confirmación.
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Se contemplan mecanismos de sustitución por cuerpos inferiores en caso de vacante.
Cambios normativos
Se modifican cuatro reales decretos clave:
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RD 1451/2005: ingreso y provisión de puestos.
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RD 1608/2005: reglamento del cuerpo de LAJ.
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RD 1033/2007: puestos tipo y valoraciones.
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RD 2033/2009: retribuciones de los LAJ según funciones y destino.
Nuevos tipos y subtipos de puestos
Se clasifican los puestos por sedes, tamaño del municipio y número de órganos atendidos. Aparecen:
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Tipos I a IV según ciudad y carga de trabajo.
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Subtipos A a D según funciones: servicios comunes, áreas, oficinas municipales, etc.
Retribuciones
Se fijan los complementos específicos iniciales para cada puesto y nivel, especialmente en el caso de los LAJ. Las cuantías varían por función, nivel, y localización del servicio.
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