sábado,
12 de abril de 2025

SPJ-USO ANDALUCÍA. ACLARACIÓN SOBRE EL PERMISO POR SALIENTE DE GUARDIA

Tal y como os informábamos en la entrada SPJ-USO NACIONAL. BOE. RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN SOBRE JORNADA Y HORARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ha habido cambio normativo que afecta al día de permiso por saliente de guardia.

Vista la penosa técnica legislativa utilizada, la Consejería de Justicia se ha visto obligada a sacar una nota aclaratoria sobre quién tienen derecho o no al saliente de guardia. Nota aclaratoria que, por cierto, no compartimos en absoluto ya que es muy restrictiva con respecto a la que veníamos aplicando. Es por ello que la hemos trasladado a nuestro servicio jurídico para su estudio y análisis.

La conclusión a la que llega Consejería es la siguiente:

«El personal funcionario que NO HAYA REALIZADO GUARDIA NOCTURNA no tendrá derecho a la libranza»

El razonamiento completo lo tenéis a continuación

NOTA INFORMATIVA Resolución de 5 de marzo de 2025

Aquellos afiliados que solicitéis vuestro descanso de guardia y lo veáis denegado no dudéis en poneros en contacto con vuestro delegado de zona para estudiar vuestro caso. De hecho, ya hemos entablado algún recurso en relación a esto.