miércoles,
3 de julio de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. SUPRESION INJUSTIFICADA DEL DERECHO AL TELETRABAJO ESTABLECIDO EN EL EBEP

Acabamos de recibir de la Secretaria General de Servicios Judiciales, en relación al cese del teletrabajo, la siguiente información:

«NOTA INFORMATIVA SOBRE EL CESE DE LAS MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y TECNOLÓGICAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN ANDALUCÍA

Emitida por el Ministerio de Justicia la circular informativa de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del servicio público de justicia, de fecha 27/10/23, sobre el cese de las medidas organizativas y tecnológicas previstas en el capítulo III de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre , de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, la Secretaría General de Servicios Judiciales informa lo siguiente.

En cumplimiento de la mencionada circular del Ministerio de Justicia, la cual se adjunta a esta nota, deberán acudir a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y personal Médico Forense, sin perjuicio de las licencias y permisos correspondientes, no siendo posible ejercer modalidad alguna de teletrabajo en tanto no se apruebe su regulación específica en el ámbito de la Administración de Justicia. Esta medida se hará efectiva a partir del lunes 6 de noviembre de 2023.

SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS JUDICIALES»

NOTA INFORMATIVA

00_Comunicacion cese teletrabajo

Los responsables de la Consejería de Justicia, no han debido de leer el Estatuto Básico del Empleado Público, ni tampoco la Ley de la Función Pública Andaluza, donde se establece claramente el derecho al teletrabajo de los empleados públicos, pero no solo eso, sino que han tenido la osadía de cercenar de un plumazo el derecho que estábamos disfrutando de forma muy muy restringida del resto de administraciones, pues solo disfrutábamos de un dia de teletrabajo  a la semana, pero aún así nos han cortado la posibilidad de realizar cualquier tipo de jornada en modalidad de teletrabajo.

Desde SPJ-USO mostramos nuestro más enérgico rechazo y protesta, por esta forma caciquil de actuar por parte de la administración, que no es conocedora ni de sus propias leyes, y que se ha agarrado a una mera circular del Ministerio de Justicia, para justificar y eliminar de un plumazo una medida que además estaba teniendo muy buenos resultados laborales, como se ha podido comprobar, dado que la productividad del personal que estaba en teletrabajo, supera al personal que estaba en los centros de trabajo ordinarios.

La Consejería ha tenido tiempo más que de sobra para haber regulado de forma independiente  a la normativa COVID, el teletrabajo, y así se le viene indicando por parte de SPJ-USO se le viene exigiendo desde hace dos años, pero han preferido cruzarse de brazo, ha preferido la inacción, para ahora escudándoselos en una circular infumable que proviene del Ministerio de Justicia, vendernos que ya no hay encaje legal para el teletrabajo, cuando está amparado perfectamente en el EBEP y en la Ley de la Función Pública en Andalucía, recientemente publicada.

En la actualidad la Consejería debería saber que no existe ninguna norma que impida legalmente que desarrollemos nuestra jornada laboral en modalidad de teletrabajo, sino al contrario hay dos normas de rango superior como son el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de la Función Pública Andaluza que lo amparan y reconocen ese derecho laboral.

¿Que va a hacer la consejería con nuestro derecho al teletrabajo?,  dejarlo en un cajón como ha hecho con la recuperación de las ayudas de acción social, o con las retribuciones que nos sustrajeron en 2013 o 2014.

Mucho nos tememos que la supresión de este derecho del personal de Justicia de Andalucia, se debe a la presión por parte de los togados jueces, fiscales y laj, máxime cuando a estos últimos se les ha cercenado el derecho al teletrabajo por parte del Ministerio de Justicia.

 

SPJ-USO

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