viernes,
22 de noviembre de 2024

SPJ-USO ASTURIAS: ACUERDO CONTINUACION EJERCICIO DEL DERECHO A LA HUELGA Y SERVICIOS MINIMOS

Desde  Viceconsejería de Justicia nos informan del Acuerdo adoptado, respecto a la continuación del ejercicio del derecho de huelga y sobre Servicios Mínimos, ante la continuación de la convocatoria de huelga por la organización sindical FAC-USO.

Nos indican que, una vez solicitada la colaboración necesaria a través de la Secretaría de Gobierno del TSJA, ha sido comunicado a los Letrados y Letradas de la Administración de Justicia por dicha Secretaría de Gobierno, el siguiente Acuerdo en que sustancialmente se indica que:
Mientras se mantenga la convocatoria de huelga de funcionarios de la Administración de Justicia, actualmente  continuada por FAC-USO, los Sres. Letrados/as de la Administración de Justicia:
1.º.  Participarán a la Viceconsejería de Justicia a través del correo electrónico personal@asturias.org las eventuales ausencias injustificadas de su puesto de trabajo del personal funcionario adscrito a sus respectivos órganos judiciales, con referencia al día que se produzcan, sin que corresponda al letrado/a de la Administración de Justicia determinar si se deben o no al ejercicio del derecho de huelga. Sólo será preciso enviar comunicación los días en que se detecten ausencia/s injustificada/s.
2.º. En caso de que el Letrado/a considere que las ausencias injustificadas llegan al punto de poner en peligro la cobertura de servicios esenciales, deberá participarlo por el mismo conducto a la Viceconsejería de Justicia para que determine lo que proceda en cuanto a designación de servicios mínimos.

Caso de encontrarse sustituyendo en otro/s órganos, las comunicaciones, cuando correspondan, deberán efectuarse también respecto de éstos.

Nota : 
Visto dicho Acuerdo, serían los Sres.Letrados/as quienes comunicarán a la Viceconsejería si se produce alguna ausencia y no haría falta enviar los listados diarios que hasta hoy se remitían. Desde la Viceconsejería se comprobará si las ausencias están justificadas o se producen en base al ejercicio del derecho de huelga. Si se precisara por ausencia de empleados públicos, designar funcionarios para cubrir servicios esenciales, dado que la huelga persiste y los mínimos deben cumplirse, volveríamos al sistema anterior de designación con carácter de urgencia.
Indicaros igualmente que para los días 11 y 20  de julio, en que se mantiene la huelga de los sindicatos mayoritarios, tal y como se venía haciendo se procederá a la designación de funcionarios concretos de servicios mínimos.