jueves,
26 de diciembre de 2024

SPJ-USO NACIONAL. EL MINISTERIO DE JUSTICIA MUEVE FICHA, ANTE EL TEMOR DE UNA PRIMAVERA CALIENTE EN JUSTICIA EN 2023.

Y es que el Ministerio parece que empieza a ser consciente de que o abandona la vía de los hechos consumados  y negocia de forma leal  y sin atropellos,  o nuestro colectivo no va a estar dispuesto a tragarse este sapo de la Ley de Eficiencia Organizativa en Justicia,  que se han sacado de la chistera con nocturnidad y alevosía.

Concretamente el Ministerio ha anunciado lo siguiente:

  • Se eliminaría del texto de la LEO la referencia a la aprobación automática de las RPTs de forma provisional y sin negociación. Este es sin duda uno de los puntos más negativos de esta Ley, que no tiene precedente en ninguna otra administración, y su supresión implica la obligación de negociar las RPTs de todas las oficinas judiciales  (servicios comunes y unidades de tramitación –UTRAM-)
  • Para posibilitar esa negociación de las RPTs de las oficinas judiciales, el Ministerio plantea aumentar sustancialmente los plazos de implantación del nuevo modelo organizativo basado en los Tribunales de Instancia.
  • El Ministerio se compromete a que en la migración del actual modelo al nuevo de los tribunales de Instancia se garantice que no habrá pérdida retributiva alguna, ni amortización de plazas, ni reordenaciones forzosas, así como a la diferenciación de los puestos de trabajo a efectos de concurso de traslado, comisión de servicio, sustitución, etc…

Si este compromiso verbal del Ministerio se traslada al proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa del servicio público de Justicia,  sin recortes de última hora,  supone una importante mejora del mismo,  no obstante queda por concretar en la Mesa del Ministerio los detalles de esa “oferta” como por ejemplo en que va a consistir esa diferenciación de puestos, pues no olvidemos que tal y como figura en el proyecto de Ley la  UTRAM ahora mismo,  la misma sería destino único en sustitución de todos los juzgados existentes en el partido judicial,   con el atropello a nuestros derechos que ello implica,  pues supondría cargarse de un plumazo la posibilidad de elegir donde queremos trabajar,  y que lo haga alguien por nosotros.

Además también hay que respetar el catálogo de garantías que en su día se negoció ante la implantación de la NOJ,   ya que a la postre este nuevo modelo organizativo basado en los tribunales de instancia,  conlleva igualmente la implantación de RPTs en sustitución de las actuales plantillas,  y por ello ese catálogo de garantías está plenamente vigente.

En cualquier caso, exigimos que el Gobierno cumpla con la legislación vigente y negocie con los legítimos representantes de los trabajadores/as públicos cualquier cambio en sus condiciones de trabajo; exigencia legal, constitucional y europea que está pisoteando al querer imponerlas por vía normativa. Exigimos garantías retributivas y frente a la movilidad caprichosa, valoración de puestos de trabajo, definición de funciones y retribuciones en consonancia con todo ello.

¡ Basta ya de atribuir sólo en la letra nuestras tareas «oficialmente» a otros (que se limitan exclusivamente a firmarlas), pero exigirnos a nosotros su realización !