miércoles,
3 de julio de 2024

SPJ-USO ANDALUCIA. DISFRUTE COMPENSACIÓN DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE Y FESTIVIDAD EN SÁBADO.

Acabamos de recibir desde consejería el siguiente correo electrónico:

Buenas tardes.

Con objeto de homogeneizar en todas la Delegaciones Territoriales la aplicación de los plazos para el disfrute de los días de compensación por festivos y días 24 y 31 de diciembre que coincidan en sábado, se adjunta instrucción al respecto, para extender dicho plazo de disfrute hasta el 31 de enero del año siguiente en el que el derecho se devenge, lo que conlleva asimilar estos días de compensación a los asuntos particulares, por lo que los días de compensación podrán unirse a las vacaciones y asuntos particulares, como así también se indica en la instrucción referida.

PRIMERO. Los días de compensación por las festividades laborales de ámbito nacional no sustituibles por las Comunidades Autónomas, propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de carácter local, retribuida y no recuperable, que coincidan en sábado en un determinado año natural, podrán disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente.

SEGUNDO. Los días de compensación por la coincidencia en sábado de los días 24 y 31 de diciembre dentro de un año natural, podrán disfrutarse igualmente hasta el 31 de enero del año siguiente.

TERCERO. Los días de compensación a los que se hace referencia en los apartados primero y segundo anteriores podrán acumularse a las vacaciones anuales y a los días por asuntos particulares.

Seguidamente adjuntamos la instrucción completa referida:

ENLACES DE INTERES:

INSTRUCCIÓN 1/2022 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS JUDICIALES, SOBRE LOS DÍAS DE COMPENSACIÓN POR FESTIVIDADES LABORALES Y LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE QUE COINCIDAN EN SÁBADO.

INSTRUCCION COMPENSACION DIAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE 2022

 

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