Se ha publicado en el dia de hoy en el B.O.E., la siguiente resolución de la MUGEJU:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Mutualidad General Judicial. Prestaciones
- Resolución de 9 de junio de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se establecen las vías para la presentación de solicitudes de prestaciones complementarias.
En dicha resolución, se establece:
Presentación solicitudes de prestaciones complementarias. Establecer las vías para la presentación de las solicitudes de prestaciones complementarias a fin de garantizar una tramitación ágil y eficaz, determinando que:
1.1 Las solicitudes de las prestaciones complementarias se podrán presentar todos los días del año a través de la sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es/). A dichas solicitudes deberá acompañarse la documentación correspondiente en formato electrónico.
1.2 No obstante, los/as mutualistas que no estuvieren en activo o acrediten la imposibilidad de cursar su petición en la forma indicada en el apartado 1.1, podrán presentar sus solicitudes en formato papel ante la Gerencia, las Delegaciones Provinciales de MUGEJU y en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación podrá hacerse durante los días hábiles que establece la citada Ley 39/2015. A tal fin, los interesados deberán utilizar el impreso normalizado correspondiente disponible tanto en la sede central de la MUGEJU y las Delegaciones Provinciales, como en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es) junto al que deberá acompañarse la documentación pertinente.