lunes,
22 de julio de 2024

SPJ-USO – RECLAMAMOS LA ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA DEL REGISTRO CIVIL EN NUESTROS PROCESOS SELECTIVOS

Desde SPJ-USO, ponemos en vuestro conocimiento que en el día de hoy se han presentado ante el órgano competente del MINISTERIO DE JUSTICIA sendos escritos en los que venimos a reclamar la adaptación de la normativa vigente concerniente al REGISTRO CIVIL en los programas de los procesos selectivos de promoción interna referentes a los cuerpos de GESTIÓN y TRAMITACIÓN procesal y administrativa.

Así, pues, venimos a manifestar que, en virtud del ANEXO II de la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, publicada en BOE de 30 de marzo de 2022; y en virtud del ANEXO II de la Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, publicada en BOE de 30 de marzo de 2022; se refieren los programas de los citados procesos selectivos, comprendiendo los temas 18, 19 y 20, así como los temas 18 y 19, respectivamente y según cuerpos, la materia propia y específica del Registro Civil.

En vista de lo anterior, a los efectos de evitar una más que evidente confusión y garantizar al opositor la justa seguridad jurídica,

SOLICITAMOS

Que, en relación a los citados procesos selectivos y a la materia propia del Registro Civil que comprenden los temas referidos se indique de manera expresa que sólo se exigirán los contenidos dispuestos en la nueva Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y no los referentes a la antigua Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, y su reglamento, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958, aunque ésta última normativa se esté aplicando aún parcialmente.

Del mismo modo, interesamos que se especifiquen los contenidos en el programa de una manera vigente y acorde con la nueva legislación ya que, por ejemplo, el programa actual hace referencia a los «Registros ordinarios» y a los «Registros delegados», los cuales ya no formarán parte de la vigente organización del Registro Civil.

Pedimento el nuestro que, dicho sea de paso, interesamos que se especifique de la misma manera en que sí que se ha especificado y actualizado para los programas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.