Se ha publicado en el B.O.J.A., las siguientes convocatorias de Acción social por Discapacidad:
SPJ-USO SOLICITÓ LA REACTIVACIÓN DE TODAS LAS AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL en escrito de fecha 4 de febrero, SPJ-USO ANDALUCÍA. RESTITUCIÓN DE LAS ANTIGUAS AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL, y lo reiteramos en mesa Sectorial de fecha 10 de febrero SPJ-USO ANDALUCÍA. RESULTADO MESA SECTORIAL 10/02/2022.
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba la convocatoria de ayuda de Acción Social por discapacidad, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba la convocatoria de ayuda de Acción Social por discapacidad, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, correspondiente al ejercicio 2020.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: La presentación de la solicitud, junto con la documentación requerida, se podrá realizar en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria. Período para presentar solicitudes es desde 3 de marzo de 2022 hasta 23 de marzo de 2022 ambos incluidos.
Ya está disponible, tanto en el Portal Adriano, como en la Web del Empleado Público Andaluz, para poder acceder a toda la información de dichas convocatorias.
Se deberá presentar una solicitud, anexo autorización suministro de datos de discapacidad y anexos autorización suministro de datos de renta, para cada Ejercicio.
En el apartado “CÓDIGO IDENTIFICATIVO” se deberá indicar el año del ejercicio al que corresponda la ayuda que se solicita.
La solicitud podrá presentarse por cualquiera de los siguientes medios:
a) En el Registro Telemático Unico de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, apartado «Tramitación Electrónica», disponiendo de dos posibilidades:
– Las personas solicitantes que dispongan de certificado digital reconocido por la Junta de Andalucía o el que incorpora el DNI electrónico, pueden acceder, pulsando sobre «acceso con certificado digital».
– Las personas solicitantes que no dispongan de certificado digital, podrán acceder a la cumplimentación de la solicitud desde el apartado «acceso privado», siempre que se encuentren en la red corporativa de la Junta de Andalucía, mediante código de usuario yclave privada de acceso al mismo.
b) En las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RECOMENDAMOS LA LECTURA DE DICHAS CONVOCATORIAS, SI TIENES ALGUNA DUDA, PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS.