Se ha publicado en la página de Residencias de Tiempo Libre, en relación con la Acreditación certificado vacunación COVID-19, PCR o Test de antígenos, la siguiente información de interés:
Fecha: 23-12-2021 |
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 16 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso de las personas usuarias al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento (BOJA Extraordinario núm. 93, de 19/12/2021), desde el día 19 de diciembre, las personas mayores de 12 años que vayan a acceder a los servicios de la Residencia de Tiempo Libre de Pradollano deberán disponer de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado en el caso del párrafo b) siguiente, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Que recibieron la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19 para la cual se concedió una autorización de comercialización, de conformidad con el Reglamento (CE) 726/2004. b) Que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos. En el caso de los test rápidos de antígenos, deberán estar enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01, del Consejo de Europa. Ver información: c) Que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la COVID-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, no siendo válido otro tipo de test. Será imprescindible que las personas usuarias acrediten documentalmente tanto su identidad, como de la concurrencia de cualquiera de las tres circunstancias indicadas. La documentación indicada será revisada al realizar la entrada en la Residencia. |