jueves,
21 de noviembre de 2024

SPJ-USO NACIONAL. MUGEJU. CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA DEL 1 AL 31 DE ENERO.

Os recordamos que en la página de la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL, se encuentra disponible toda la información por si queréis efectuar el cambio ordinario de entidad médica, a continuación os la relacionamos:

INFORMACIÓN

INICIACIÓN: Solicitud del interesado

PLAZO: 3 meses

SILENCIO: Estimatorio

Los mutualistas y las mutualistas, cuando tramiten su alta en la Mutualidad General Judicial, pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las CCAA o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.

Pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria en los siguientes supuestos:

1. CAMBIO ORDINARIO: Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, POR UNA SOLA VEZ.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 1 al 31 de enero de cada año.

FORMAS DE PRESENTACIÓN:

  • ONLINE: Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cual deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica. Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.
  • PRESENCIAL: en los Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

FECHA DE EFECTOS: El cambio ordinario de entidad médica surte efectos a partir del día 1 de febrero del año en curso.

MODELO DE PRESENTACIÓN: Debe presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO.

2. CAMBIO EXTRAORDINARIO:

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Durante todo el año.

FORMAS DE PRESENTACIÓN:

  • ONLINE: Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cual deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica. Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.
  • PRESENCIAL: en los Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO, dentro del plazo establecido.

TIPOS DE CAMBIO EXTRAORDINARIO, FECHA DE EFECTOS Y MODELO A UTILIZAR EN CADA CASO:

POR CAMBIO DE DESTINO O RESIDENCIA: Cuando se produzca un cambio de destino del/de la mutualista en activo,o de residencia del/de la mutualista jubilado/jubilada o del de la titular no mutualista, que implique, en todos los casos un cambio de provincia.

Surtirá efectos desde el día 1 del mes siguiente al que se realice la tramitación.

Para este cambio, deberán presentar el modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACIÓN Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES.

Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar, además, la toma de posesión en el nuevo destino.

POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES: Cuando, por circunstancias excepcionales, el mutualista o la mutualista obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.

El cambio extraordinario por circunstancias excepcionales surte efectos el mismo día que se acuerda favorablemente mediante Resolución de la Gerencia del organismo.

Para solicitar este cambio, deberán presentar:

  • El modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Escritos de conformidad de las entidades afectadas.

En todo caso, los beneficiarios y las beneficiarias se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte el titular o la titular de quien dependa su derecho.

Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria o consultar, en esta misma página, en el apartado de Prestaciones.

CAMBIO A SISTEMA PÚBLICO DE SALUD (INSS):

Si no han estado nunca en el Régimen de Seguridad Social, como titulares, y carecen de número de afiliación, deberán cumplimentar y firmar el Modelo TA.1, así como presentarlo personalmente en la TGSS, para solicitar dicho número. Para esta tramitación deberán insertar el nº de afiliación a Seguridad Social en el apartado indicado en la solicitud o, en su defecto, adjuntar fotocopia del documento que lo contenga.

Para tener acceso a la prestación de asistencia sanitaria, por el Sistema Público de Salud deberán solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el Centro de Salud de su Localidad de Residencia, tanto para el/la titular como para los beneficiarios y las beneficiarias incluidos/as en su documento de afiliación a MUGEJU.

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