domingo,
24 de noviembre de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. CORONAVIRUS. NOTA ACLARATORIA CONTACTO ESTRECHO.

Nos han remitido desde Consejería, la siguiente NOTA ACLARATORIA,

NOTA ACLARATORIA SOBRE LA CONSIDERACIÓN DE CONTACTO ESTRECHO CON CASOS CONFIRMADOS Y SOSPECHOSOS DE COVID-19 Y SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE LA UTILIZACIÓN DE LAS MASCARILLAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

1. Introducción

Ante las numerosas consultas recibidas en esta Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales, se emite la siguiente nota aclaratoria sobre las condiciones del personal de la Administración de Justicia para ser considerado contacto estrecho con un caso confirmado o sospechoso por COVID-19, así como sobre la obligatoriedad de la utilización de mascarillas en los centros de trabajo de las sedes judiciales, fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

2. Definición de contactos estrechos con casos confirmados o sospechosos por COVID-19

El adecuado cumplimiento de las normas vigentes sobre la utilización de mascarillas, por parte del personal empleado público en estos centros de trabajo, conlleva la limitación de los contactos estrechos con casos positivos o sospechosos por COVID-19 en las sedes judiciales y fiscales, puesto que las condiciones para poder ser considerado contacto estrecho son las siguientes, de acuerdo los vigentes procedimientos de actuación del Ministerio de Sanidad:

Haber estado en el mismo lugar que un caso sospechoso, probable o confirmado, a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos, sin medidas de protección adecuadas, esto es, sin la obligada utilización de las mascarillas establecidas en las sedes judiciales y fiscales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3. Uso obligatorio de mascarillas

Así, la Instrucción 7/2020, con fecha 27/05/20, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, recordó la utilización obligatoria de mascarillas en los centros de trabajo del personal de la Administración de Justicia, en cualquier circunstancia y lugar en el interior de los mismos, aún cuando se respeten las distancias de seguridad, de acuerdo con lo establecido en la Guía de medidas preventivas frente al COVID-19 en las sedes judiciales y fiscales de la Comunidad Autónoma de Andalucia, aprobada por esta Dirección General, con la consulta y participación del Comité Sectorial de Seguridad y Salud de la Administración de Justicia.

Por otra parte, según se establece en la Orden de 22 de octubre de 2020, por la que se modifica la Orden de 14 de julio de 2020, sobre uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19), durante el tiempo de desayuno u otras actividades análogas, el uso de mascarilla es obligatoria salvo en el momento de la ingestión, lo que limita en gran medida el tiempo en el que se puede prescindir de la mascarilla durante la realización de estas actividades.

Por todo ello, la adecuada utilización de mascarillas en aquellas situaciones en las que su uso es obligatorio, tanto en el centro de trabajo como durante el tiempo de desayuno o actividades análogas, según la normativa referida, limita en gran medida que se produzcan situaciones de contactos estrechos en las sedes judiciales y fiscales, conforme a la definición expuesta anteriormente, lo que consecuentemente también limitará la transmisión del virus.

4. Declaración responsable de haber mantenido contacto estrecho

No obstante, en caso de que se produzca una situación de contacto estrecho, por no guardarse la distancia de seguridad de dos metros durante al menos quince minutos y sin medidas de protección adecuadas, entre las que se encuentran la utilización de las mascarillas en las situaciones en las que su uso esté establecido como obligatorio, el personal empleado público de la Administración de Justicia podrá realizar la declaración responsable de haber mantenido contacto estrecho, ya sea en el centro de trabajo, en el tiempo de desayuno o en un ámbito fuera del centro de trabajo, cuyo modelo figura como anexo del vigente Protocolo de actuación para los casos sospechosos y casos confirmados de coronavirus en el personal de la Administración de Justicia.

Dadas las continuas consultas realizadas sobre dicho modelo de declaración, y con objeto de disponer de la mayor información para poder gestionar los contactos estrechos y las cuarentenas que procedan, a continuación se adjunta el modelo de declaración responsable referido, en el que se ha incluido una serie de aclaraciones destinadas a facilitar su cumplimentación.

Nota aclaratoria contactos estrechos 03_11_20(F)

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