jueves,
21 de noviembre de 2024

SPJ-USO CÁDIZ. PLAN DE AUTO-REFUERZO (PLAN TARDES) COBRO DE HORAS.

Si recordáis, el pasado día 16 de octubre, en nuestra entrada SPJ-USO CÁDIZ. PLAN AUTOREFUERZO JUZGADOS SOLICITUD AUTORIZACIÓN, indicábamos la forma de proceder para justificar la realización de las horas por el auto-refuerzo (refuerzo de tardes).

Desde Delegación nos informan que la documentación que muchos estáis remitiendo resulta totalmente ilegible una vez incorporada a su sistema, por lo que se hace necesario que les remitáis la documentación original.

En relación a lo anterior, estas son las nuevas instrucciones que han facilitado y que nos piden que os las traslademos a fin de facilitar la tramitación de las horas extras que se están realizando para que puedan cobrarse en la próxima nómina y siguientes:

a) Que envíen por correo postal o por registro, la solicitud y autorización previas (el escrito en que aparece firmado las fechas del día 24 de agosto la solicitud y el 28 de agosto la autorización) dicho escrito os lo adjuntamos al final.

Lo importante es que se lea bien para poder utilizar esos datos, por lo que pedimos que llegue el original,  porque lo que llega, en la mayoría de los casos, no se ve. Se mandan fax, fotocopias y otras fotocopias y hay muchos documentos ilegibles. Lo único que importa es que se vea claro. Así que la única forma es que me llegue la firma original porque al final, tras pasar por cuatro fotocopias no se ve nada. 

Que estos documentos se agrupen y me los envíen juntos como envían las guardias.

Queremos pagar ahora en noviembre, los atrasos de septiembre y en la nómina de diciembre lo realizado en octubre, por lo tanto no es algo que sea tan urgente como para que haya que anticiparlo escaneado. Ahora cuando acabe octubre se tiene que mandar esos documentos del mes de octubre que llegarán con tiempo de sobra para su tramitación.

b) Que envíen el original, porque está habiendo muchas de estas solicitudes que están llegando por correo electrónico que literalmente no se ven y se sabe quién es por quién remite el correo. Por lo cual puede haber problema en la intervención y en el registro ya que tenemos que incorporar esa documentación a nuestro programa y ya digo que en muchos casos no se lee. Así que mejor que se envíe el original firmado.

c) En cuanto a las certificaciones que no son obligatorias, lo ideal es que certifique el/la LAJ del órgano y en su defecto haya una autocertificación de las horas y días en que se han efectuado esas horas extras. Tanto la certificación de el/la LAJ como las autocertificaciones pueden ser individuales o colectivas para el personal de ese órgano. Debiendo aparecer los días y el horario en que se efectuaron las horas.

Estamos notando que en muchos casos no estamos recibiendo ninguna de esas dos certificaciones (ni LAJ, ni autocertificación) y facilitaría mucho el trabajo que nos llegara al menos la autocertificación, para que pueda firmar la certificación la Secretaria General de Justicia, ya que no la firma el/la LAJ.

En resumen, deben remitirse dos documentos:

SPJ-USO

TUS DERECHOS, NUESTRO TRABAJO

AFÍLIATE CON NOSOTROS

TODO SON VENTAJAS