jueves,
21 de noviembre de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. ¡ÚLTIMA HORA! NOTA SOBRE APLICACIÓN PACTO DE MESA GENERAL EN JUSTICIA.

En relación al Pacto de Mesa General de 14 de septiembre, se adjunta Nota emitida por la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal.

Nos indican que se va a proceder a su publicación en Adriano.

NOTA 15-09-2020

Igualmente, nos indican lo siguiente:

– Realizada la reapertura ordinaria de los centros educativos, y no existir por tanto las circunstancias que motivaron la concesión de la modalidad de trabajo semipresencial, todos los funcionarios deberá de realizar sus funciones en jornada presencial a partir del día 16 de septiembre.

– De conformidad con el Pacto, se ha fijado la posibilidad de compatibilizar trabajo presencial y no presencial (20%), no quedando limitado a personal con hijos menores de 14 años, como ha venido ocurriendo desde junio. Podrá ser autorizado en función de las funciones que se realizan y la valoración previa por el responsable en cuestión. Conforme a lo cual, quedamos a la espera de las Instrucciones o recomendaciones que dicte la Dirección General de Oficinal Judicial y Fiscal.

– La forma de prestación respecto al personal vulnerable, quedará determinada conforme a la evaluación que se haya realizado y al informe de vigilancia de la salud emitido.

– Todo lo anterior si perjuicio de las medidas que se indican en el pacto para el caso de situaciones excepcionales o extraordinarias por agravamiento de las propagación del patógeno.

NOTA SOBRE LA APLICACIÓN DEL PACTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR EL QUE SE APRUEBA EL PROTOCOLO DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA LA APLICACIÓN TEMPORAL DEL RÉGIMEN DE TRABAJO NO PRESENCIAL EN EL MARCO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19

Con fecha de 14 de septiembre de 2020 se ha firmado el Pacto de la Mesa General de negociación común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se aprueba el protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo objetivo ha sido establecer medidas organizativas y criterios para la aplicación temporal para la prestación de servicios en régimen de trabajo no presencial en tanto se mantenga la situación de crisis sanitaria para todos los empleados públicos de la Administración de la Junta de Andalucía, incluido el personal de la Administración de Justicia.

El Pacto firmado aporta como principal novedad medidas de conciliación como es el reconocimiento a todas las personas incluidas en su ámbito de aplicación cuyas funciones sean susceptibles de teletrabajo, la posibilidad de un día de teletrabajo semanal. Esta novedad representa un importante beneficio ya que permite, a un gran número de empleadas y empleados públicos una mejor conciliación.

El presente protocolo producirá efectos desde el día 16 de septiembre hasta que se determine el fin de la crisis sanitaria producida por el COVID-19. No obstante, y pese a que las medidas y criterios establecidos en el Protocolo son aplicables al personal de la Administración de Justicia, las particularidades propias serán analizadas y trabajadas en una Mesa Sectorial posterior de la que derivará un documento específico para el colectivo de Justicia.

Por su parte, la Instrucción 8/2020 de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, mediante la que se recoge para el personal de la Administración de Justicia las medidas contenidas en el Pacto de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 19 de junio de 2020 en desarrollo del apartado IV, punto 5, del Plan de Incorporación progresiva de la actividad presencial de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por acuerdo de la citada mesa general de 8 de mayo de 2020 y ratificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de mayo de 2020, queda sin efecto a partir del día 15 de septiembre de 2020, tal y como se establecía en su apartado cuarto.

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