Se ha publicado en el B.O.E., la siguiente Ley que deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo:
JEFATURA DEL ESTADO
Estatuto de los Trabajadores
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Ley 1/2020, de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.