OTRA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENCIAS Y DISPONIBILIDADES EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA para cumplir los servicios esenciales decretados con fecha 14 de marzo pasado, sobre la que NI SIQUIERA SE CONSULTA CON LOS REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS/AS PÚBLICOS DE JUSTICIA, ni a sus Comités de Seguridad y Salud sectoriales, a pesar de estar gravemente implicados los riesgos para su salud.
Por la Instrucción 3/2020 se adaptó el régimen de presencias y disponibilidades de los funcionarios/as al servicio de la Justicia de Andalucía, a las disposiciones del Real Decreto Ley 10/2020, que estableció un endurecimiento de las normas restrictivas para la movilidad y los desplazamientos, ampliando el régimen de confinamiento ciudadana en sus respectivos domicilios.
Hoy se nos ha vuelto a sorprender con un nuevo “retoque” (Instrucción 4/2020) sobre el régimen de presencias en los Juzgados de Instrucción y de lo Penal en los Partidos Judiciales de Málaga y Sevilla, aumentando la presencia diaria del número de sus funcionarios presenciales de la forma que se indica a continuación, dejando lo demás inalterable:
JUZGADOS DE LO PENAL: En los partidos judiciales de Málaga y Sevilla esta dotación será al menos de 3 personas funcionarias pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o de Tramitación Procesal y Administrativa. En horario de audiencia pública de 9:00 a 14:00 horas.
JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN: En el partido judicial de Málaga esta dotación será al menos de 3 personas funcionarias pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o de Tramitación Procesal y Administrativa. En horario de audiencia pública de 9:00 a 14:00 horas.
En el partido judicial de Sevilla esta dotación será al menos de 4 personas funcionarias pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o de Tramitación Procesal y Administrativa. En horario de audiencia pública de 9:00 a 14:00 horas.
SU ENTRADA EN VIGOR ES INMEDIATA Y HABRÁ DE SER OBSERVADA DESDE LA JORNADA DE MAÑANA, 7 de abril de 2020.
HEMOS SOLICITADO A LA ADMINISTRACIÓN, Y VOLVEMOS A INSISTIR, EN QUE SE HACE NECESARIO PONER COTO A LAS CONSTANTES INFRACCIONES DEL RÉGIMEN DE PRESENCIAS EN LOS JUZGADOS POR PARTE DE NUMEROSOS JEFES FUNCIONALES, QUE HACEN ACUDIR SISTEMÁTICAMENTE A MAYOR NÚMERO DE FUNCIONARIOS QUE EL ESTABLECIDO REGLAMENTARIAMENTE POR RAZONES DE ESTRICTA SEGURIDAD, PONIENDO ASÍ EN GRAVE RIESGO LA SALUD DE TODOS.
CADA UNO TIENE QUE ASUMIR SUS RESPONSABILIDADES: LA ADMINISTRACIÓN DEBE HACER CUMPLIR SUS PROPIAS NORMAS, Y LOS MIEMBROS DE LAS CARRERAS JUDICIAL Y FISCAL, ASÍ COMO DEL CUERPO DE LETRADOS/AS DE LA ADMÓN. JUSTICIA DEBEN COLABORAR CON LA ADMINSTRACIÓN, REALIZANDO DE MANERA EFECTIVA, TAMBIÉN EN ESTOS DIFÍCILES MOMENTOS, LAS TAREAS QUE TIENEN ASUMIDAS A DIARIO DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Y SUPERVISIÓN FUNCIONAL DEL MISMO.