jueves,
4 de julio de 2024

10 CUESTIONES CLAVE SOBRE LA BOLSA DE INTERINOS DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

Recientemente os informábamos de la convocatoria de la bolsa de interinos en Andalucía: SPJ-USO ANDALUCÍA. CONVOCATORIA BOLSA DE INTERINOS DE JUSTICIA ANDALUCÍA.

Os recordemos, como primer punto importante, que el plazo para echar la instancia es de 20 días hábiles a partir del 7 de enero de 2020.

Ahora os respondemos a diez cuestiones clave sobre la misma: Las diez preguntas principales que nos estáis realizando…

1. ¿Si ya pertenezco a la bolsa me puedo quedar fuera del cupo máximo si hay gente con mejor puntuación que yo en la nueva?

No, según la base primera, apartado 1 in fine, «el cupo máximo no será de aplicación a los integrantes de las actuales bolsas de trabajo».

2. ¿Tengo que volver a echar «todos los papeles» que ya eché en su día?

La convocatoria es una «constitución» de bolsa, no una mera «actualización». Por tanto, debéis alegar, en la autobaremación, todos los méritos que tengáis, sin olvidar ninguno. Ahora bien, en lo que respecta a la acreditación documental, la convocatoria exceptúa de la necesidad de adjuntar documentos, cuando se trate de méritos «que figuren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía». Además hay que indicarlo expresamente en la solicitud. Es decir, tendréis que ALEGAR nuevamente todos los méritos y JUSTIFICAR DOCUMENTALMENTE aquellos que no consten en dicho Registro General, lo que deberéis indicar expresamente en la solicitud.

Y, en cualquier caso, hay que estar atentos a las especificaciones concretas que se dan en la convocatoria para cada tipo de mérito. Por ejemplo, para acreditar la «experiencia adquirida» nos dice la convocatoria, que si se trata de períodos trabajados inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía se puede presentar copia de la hoja de acreditación de datos personales.

3. ¿Tengo que presentar documentos originales (o compulsados) o vale simple copia de los mismos?

La convocatoria dice expresamente que «la persona interesada podrá presentar copias auténticas de documentos administrativos y copias autenticadas de documentos privados y públicos» (apartado 3 de la base cuarta). Posteriormente, en la base quinta, referida a la presentación telemática, se permite la presentación escaneada del documento que tengamos con «declaración responsable de que dicho documento es copia fiel del original». Igualmente, la base sexta, referida a la presentación en los demás registros, nos indica que «de la veracidad de las copias aportadas responderá la persona solicitante, para lo cual incluirá en el anverso y, en su caso, el reverso de cada una de ellas, de su puño y letra la leyenda «es copia fiel del original» y firmará a continuación«. En este último caso, habla también la convocatoria de que «El cotejo de la documentación original se realizará en el momento del llamamiento para cubrir las plazas«.

4. ¿Qué méritos puntúan y qué tope hay para cada uno de ellos?

Los méritos valorables son los siguientes:

  • Experiencia, hasta un máximo de 90 puntos.
  • Superación de pruebas selectivas, hasta un máximo de 64 puntos.
  • Titulaciones, hasta un máximo de 23 puntos.
  • Formación específica, en los diez últimos años, hasta un máximo de 23 puntos.

Para conocer el sistema de puntuación completo os aconsejamos ir directamente a la base séptima de la convocatoria de bolsa. Ahí podréis ver cuánto vale cada título, qué requisitos tienen que reunir los cursos, entre otros detalles del máximo interés.

5. ¿Qué requisitos hay que reunir para acceder a la bolsa?

Aparte de los requisitos generales (nacionalidad española, ser mayor de 16 años, estasr en pleno ejercicio de los derechos civiles, no tener ya edad de jubilación, tener la titulación exigida para el cuerpo, no haber sido separado sin estar rehabilitado, no hallarse inhabilitado, no incurrir en causa de incompatibilidad, no estar condenado por delito doloso sin haber sido rehabilitado, figurar como demandante o mejora de empleo, no poder defecto físico, enfermedad y otra circunstancia incapacitadora para el desempeño)… tomamos aire… hay dos requisitos principales, uno de los cuales hay que reunir para poder entrar. Queremos destacar que basta sólo uno de los dos requisitos siguientes:

  1. Haber superado alguno de los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial, a excepción del Cuerpo de Médicos Foreses, que deberán acreditar haberse presentado a las convocatorias del mencionado cuerpo.
  2. Haber trabajado durante un período mínimo de 360 días naturales en el cuerpo en cuestión.

Y desde aquí entroncamos con otra de las cuestiones que más nos estás haciendo:

6. ¿El ejercicio aprobado que te exigen para poder entrar en bolsa tiene que ser de las dos últimas convocatorias?

 No, te sirve el de cualquier convocatoria anterior. El requisito del aprobado de las dos últimas convocatorias es a efectos de su mejor puntuación en fase de méritos. Nos servirían incluso los ejercicios aprobados en los antiguos cuerpos de Agentes Judiciales, Auxiliares y Oficiales. ¡Qué recuerdos! Y desde aquí enlazamos con otra cuestión muy repetida 😉

7. ¿Puedo «echar» la bolsa si he aprobado algún ejercicio de la última convocatoria cuyos exámenes se hicieron en diciembre 2019 (OEP 2017+2018)?

Sí y no. Aclaración: Como requisito, la convocatoria dice literalmente, «Haber superado alguno de los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso en los cuerpos«. Luego, hasta aquí, sí serían válidos. El problema es el siguiente: los méritos hay que reunirlos y poder acreditarlos a fecha de fin del plazo de presentación de instancias. De  hecho, dice la convocatoria, en su base cuarta, apartado 4, lo siguiente: «Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de méritos no alegados con la solicitud«. Así que, el que esté esperando la nota, que cruce los dedos y a ver si salen los «cortes» antes de que terminen los 20 días hábiles para echar la instancia, es decir, hasta el día 3 de febrero de 2020, que es cuando termina el plazo de instancias. Y una vez más, enlazamos con la siguiente cuestión…

8. ¿Es suficiente con tener más del 50% de la nota para considerar superado el ejercicio a efectos de acceder a la bolsa o hay que pasar el corte de cada convocatoria?

 Hay que pasar el corte, es decir, haber salido en la lista de aprobados del primer ejercicio de cada oposición del cuerpo al que queramos acceder en la bolsa. Y seguimos enlazando preguntas… 😉

9. ¿Puedo «echar» la bolsa de justicia de Andalucía si superé el corte en otra Comunidad Autónoma?

Sí. Pero en este punto tenemos que insistir en lo mismo de antes: Tienes que estar en la lista de aprobados del primer ejercicio. Es decir, si tienes nota para haber superado el corte en algún territorio, pero te presentaste en otro en el que no llegaste a la nota de corte, no reúnes el requisito exigido para entrar en bolsa. Ejemplo: si te presentaste en Andalucía y no pasaste el corte fijado en esta comunidad y en cambio tenías nota para haber superado el corte en el Principado de Asturias, NO reúnes el requisito. En cambio, al contrario, si te presentaste en el Principado de Asturias y pasaste el corte fijado en dicho territorio, podrás echar la bolsa en Andalucía sin problemas, pese a que tu nota no fuera suficiente para superar el corte fijado para Andalucía. ¿Injusto verdad? Ya denunciamos en su día este tipo de injusticias ante el Ministerio de Justicia pero, seguimos igual…

10. ¿Puedo echar la instancia para más de un cuerpo y para más de una provincia?

Sí. Lo que debes tener en cuenta es que debes echar una instancia diferente para cada cuerpo. Y dentro de cada cuerpo, la misma para todas las provincias. A tal efecto, en la instancia del cuerpo en cuestión podrás indicar para qué provincias solicitas la inclusión.

Una vez se publiquen las listas definitivas, eso sí, el aspirante que figure en más de una bolsa tendrá que optar por permanecer en una de ellas. Por este motivo es interesante echarla para varias provincias o cuerpos, en su caso, ya que luego el aspirante va a poder optar por la que más le interese en función de su puntuación o posición en cada una.

Sabemos que hay más cuestiones, pero la mayoría, sobre todo las referidas a los méritos, están detalladas en la base séptima de la convocatoria de bolsa de Justicia de Andalucía.

¿Tienes más dudas?

Cualquier duda, podéis contactar con vuestros delegados provinciales:

  • SPJ-USO Almeria / 600159230 / spjuso.almeria@fep-uso.es
  • SPJ-USO Cádiz / 662978378 / spjcadiz@hotmail.com
  • SPJ-USO Córdoba / 600156366 / spjuso.cordoba@fep-uso.es
  • SPJ-USO Granada / 662979191 / uso.juntadeandalucia.es@gmail.com
  • SPJ-USO Huelva / 671564076 / spjusohuelva@gmail.com
  • SPJ-USO Jaén / 656843369 / spjuso.jaen@fep-uso.es
  • SPJ-USO Málaga / 677982645 / spj-uso.malaga.ius@juntadeandalucia.es
  • SPJ-USO Sevilla / 600158159 / spj-uso.sevilla.ius@juntadeandalucia.es

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Os recordamos que para todo lo relacionado con la bolsa de interinos, SPJ-USO pone a vuestra disposición un servicio de alertas por Whatsapp. Tenéis toda la información aquí: SPJ-USO ANDALUCÍA. SERVICIO GRATUITO DE ALERTAS LLAMAMIENTOS DE INTERINOS.

SPJ-USO