⭕ Para el personal funcionario que se encuentren
- en activo o
- en servicios especiales y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o escalas a que se refiere el presente concurso,
- no incluyéndose en ese punto al personal funcionario que
se encuentre reingresado provisional,
el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican:
⭕ tramitación Procesal y Administrativa, el 8 de mayo de 2026, viernes.
⭕ Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio judicial, el 12 de
mayo de 2026, martes.
⭕ COMISIÓN DE SERVICIOS: respecto de aquel personal funcionario que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicios, el plazo posesorio que corresponde disfrutar a este personal se contará teniendo en cuenta la localidad del puesto que está desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera reservado, y la localidad del obtenido en el concurso.
⭕ La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, se producirá
- en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del personal funcionario, o
- en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y
- veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma,
- con excepción de la Comunidad Autónoma deCanarias, Comunidad Autónoma de illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes siguiente,
tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
⭕ el cese y el cómputo de los plazos posesorios se producirán cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a las personas interesadas, en cuyo caso, el cese se efectuará el mismo día de la incorporación de dichas personas a su puesto de trabajo, comenzando entonces a contarse el plazo posesorio correspondiente.
⭕ REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO: procedentes desde las
situaciones administrativas de
- excedencia voluntaria por el cuidado de familiares,
- excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público,
- excedencia voluntaria por interés particular,
- excedencia voluntaria por agrupación familiar o
- suspensión de funciones, incluyéndose en este punto al personal funcionario que se encuentre adscrito provisional,
el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta resolución
en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Este plazo posesorio no será retribuido.
⭕ DOCUMENTACIÓN:
Los funcionarios que tomen posesión, provenientes de otras CC. AA., y a efectos de tramitación, en tiempo y forma, de altas en nómina así como en el régimen previsor correspondiente, sin perjuicio de otra documentación acreditativa de sus distintas situaciones personales, deberán aportar
- a través de la dirección de correo electrónico:
nominas_funcionariosylaborales@asturias.org - en un plazo de dos días hábiles al posterior a la publicación de la presente resolución, la siguiente documentación:
- declaración personal sobre el régimen previsor aplicable (MuGeju y clases pasivas o MuGeju y régimen general), teniendo en cuenta su fecha de ingreso en la Administración.
- dni y n.º de afiliación a la seguridad social.
- Cumplimentación de los impresos adjuntos a efectos de retención de IRPF y acerca de sus datos personales y bancarios.
CUALQUIER DUDA O CONSULTA: 614.32.81.76 JÉSSICA Y ANDREA






