Desde Viceconsejería de Justicia nos envía un email, sin previa negociación sindical y sin previa comunicación sindical, indicando que han tenido que modificar el PLAN CONCRETO DE ACTUACIÓN DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER, en aras a que función pública le requería que fuese por puntos, al igual que los demás planes de actuación.
31.03.26 VSM Propuesta Plan Concreto ActuaciónV2 f
Hemos conseguido, a petición de SPJ-USO y gracias a los números expuestos por nosotras con los datos oficiales del CGPJ y de la memoria del TSJ del 2024 (la última publicada), y dejando claro a la Viceconsejera que la propuesta parte de una clasificación que no se corresponde con la carga real de trabajo, que Avilés se le clasifique en el Tramo I, al superar ya las 600 diligencias.
SPJ-USO ASTURIAS. REUNIÓN CON VICECONSEJERA DE JUSTICIA: PLAN DE ACTUACIÓN
También, hemos conseguido que se subiese el importe, aunque desde SPJ-USO seguimos considerando ridícula e insultante:
| Tramo | Partidos Judiciales | Retribución |
| Tramo I | Oviedo, Gijón y Avilés | 227,43 € +93,93€ |
| Tramo II | Langreo | 129,96 € +44,76€ |
| Tramo III y IV | Resto de partidos judiciales | 97,47 € +36,57€ |
⭕ Se crea el TRAMO IV para el personal destinado en los Tribunales de Instancia comarcalizados, con el mismo importe que el tramo III y con la diferencia que solo lo percibirán 2 personas.
Por todo ello, desde SPJ-USO exigimos:
- Negociación real con las organizaciones sindicales.
- Importes reales y dignos, acordes a la carga de trabajo y a la responsabilidad que se asume, fijando como mínimo una referencia equivalente a una guardia. Todo lo que esté por debajo es infravalorar el trabajo de la plantilla.
- La integración inmediata de estos importes en el complemento específico, para acabar de una vez con este modelo de parches temporales y evitar que estas retribuciones dependan de lo que la Administración quiera o no quiera presupuestar en cada momento.
- La revisión urgente de los tramos de todos los partidos judiciales, porque la clasificación actual no responde a los datos reales y supone un perjuicio directo para los funcionarios.
Mieres, Laviana y Lena superan las 100 Diligencias Previas, por lo que deben estar en el Tramo II.
- La creación de un tramo propio para el partido judicial comarcalizado, porque su situación es excepcional y pretender tratarlo como uno más es, simplemente, falsear la realidad.
- La convocatoria inmediata de una reunión en cuanto se publique la Memoria del TSJ, sin dilaciones, para poner encima de la mesa la carga real que están soportando estos juzgados tras la ampliación de competencias.
- Una revisión en profundidad de la decisión de limitar a dos funcionarios en los partidos judiciales comarcalizados, porque es una medida completamente alejada de la realidad del trabajo y condena al colapso del servicio.
- El incremento inmediato del número de personas que pueden cobrar este plan, estableciendo como mínimo 9 efectivos en Avilés y 6 en Lena.





