En la tarde de ayer, 13/11/25, SPJ-USO mantuvo una reunión con el Portavoz del PSOE Andalucía en la Comisión de Justicia del Parlamento, Victor Torres. A la misma acudieron, el Secretario de Organización y Acción Sindical de SPJ-USO Andalucía, Raúl Serrano, y el Secretario de Comunicación y Finanzas de FAC-USO Andalucía, Manuel Domínguez.
Desde SPJ-USO se le dio traslado de la situación por la que atraviesan los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia en Andalucía, así como de la modificación de las condiciones de trabajo de los mismos que ha traído consigo la implantación de los Tribunales de Instancia. Igualmente se le dio traslado de un análisis de la afectación al Sector de la Administración de Justicia del reciente Acuerdo de 07/11/25 procedente de la Mesa General de la Función Pública de Andalucía.
En primer lugar, hemos trasladado al Grupo Socialista, en su doble vertiente de integrante del Parlamento de Andalucía y de partido en el Gobierno del Estado, la imperiosa necesidad de que, en la línea de lo que ya solicitamos por escrito (adjuntamos entrada informativa), se active lo señalado en la Disposición Transitoria 5ª de la LOESPJ, ésto es la posibilidad de que la implantación de la Oficina Judicial, de forma simultánea a la de los Tribunales de Instancia, pueda establecer una fecha diferente para su puesta en marcha en aquellos territorios donde concurran circunstancias excepcionales relativas a infraestructuras o medios tecnológicos. Tal es el caso de Andalucía, puesto que ha sido la propia Consejería la que ha manifestado su incapacidad para llevar a cabo la implantación con plenas garantías de los nuevos Tribunales de Instancia: inclusive en las Sesiones Informativas sobre los T.I. que la Consejería ha organizado, ha manifestado su falta de medios para “controlar” la antigüedad del personal a efectos del proceso de acoplamiento en su fase de confirmación, llegando a indicar que deberán ser los/as propios/as afectados/as, quienes deberán señalar su fecha de antigüedad en el puesto de origen. Esta incapacidad de la administración para llevar a cabo la implantación se ha explicitado, como decimos, respecto de los partidos judiciales afectados por la Fase 3ª, en este caso, Jerez de la Fra., Algeciras, Motril, El Puerto de Santa María y las capitales de provincia, partidos judiciales que son los de mayor volumen organizativo y carga operativa, siendo por tanto la etapa de mayor complejidad, impacto estructural y repercusión en la estabilidad del servicio y de los/las trabajadores/as. Lo que pedimos con sensatez, debiera ser acordado en el seno de la Conferencia Sectorial de la Admón. de Justicia; dado que, de no establecerse esta medida, el perjuicio para el Servicio Público de Justicia en Andalucía, y por ende el perjuicio a la ciudadanía, será irreparable.
SPJ-USO NACIONAL. SUSPENSIÓN DE LA FASE III DE IMPLANTACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA
En este sentido, hay que recordar que, por parte de este SPJ-USO, ya solicitó por escrito a la Consejería el pasado mes de abril que adoptara medidas de refuerzo de la Plantilla encargada de Sirhus, así como otras medidas organizativas que garantizaran el normal desarrollo de la implantación de los nuevos Tribunales de Instancia.
Es por ello por lo que, desde SPJ-USO, hemos solicitado que por parte del Grupo Socialista:
– Se requiera al Consejero de Justicia para que, a la vista de que concurren las circunstancias previstas en la Disposición Transitoria 5ª de la LOESPJ, proponga a la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, una fecha diferente para el establecimiento de las oficinas judiciales afectadas por la Fase 3, al concurrir las circunstancias excepcionales relativas a las infraestructuras o los medios tecnológicas que justifican dicha petición.
– Se requiera al Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, para que, dado que concurren las circunstancias previstas en la Disposición Transitoria 5ª de la LOESPJ, convoque la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia con el objeto de decidir en su seno sobre el establecimiento de una fecha diferente para el establecimiento de las oficinas judiciales afectadas por la Fase 3, al concurrir las circunstancias excepcionales previstas en la citada Disposición.
Por otro lado, también trasladamos al Portavoz, el resultado del reciente Acuerdo de 07/11/25 alcanzado en la Mesa General de la Función Pública en Andalucía (y no en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de Justicia, como por contra no ha ocurrido en el sector Sanidad o Educación). Y si bien nos congratulamos de todo acuerdo que suponga una mejora para el personal de Justicia, no es menos cierto que no se han tenido en cuenta las muy especiales circunstancias de nuestro sector concreto, pues queda englobado en la generalidad el Acuerdo que afecta al Personal Funcionario, Laboral y Estatutario de la Administración de la Junta de Andalucía, y en concreto a su Administración General, al Personal Laboral adscrito a sus Entes Instrumentales. Esas condiciones particulares son la implantación de los Tribunales de Instancia y el impacto en las condiciones de trabajo de personal de Justicia. No tener esto en cuenta supone una grave discriminación al sector Administración de Justicia en relación con el resto de sectores al que afecta dicho Acuerdo, una vez analizada la literalidad de su texto, en concreto:
– A pesar de que la Ley de Función Pública prevé esa posibilidad, el único colectivo que queda fuera de la Carrera Profesional autonómica, es la Administración de Justicia. Si bien la Carrera Profesional de la Administración de Justicia, reflejada en la LOPJ, queda a desarrollar vía Real Decreto por el Ministerio de Justicia, no es menos cierto que, en el uso de sus competencias propias, como así han efectuado las Comunidades de Galicia y Valencia con su Trayectoria Profesional (gobernadas por el mismo partido que gobierna en Andalucía), bien podría haberse establecido un complemento autonómico similar a la Trayectoria Profesional de esas CCAA, que no es incompatible con la Carrera Profesional, que no pusiera en una situación de desigualdad a este colectivo en Andalucía (ni tan siquiera se ha pensado en el establecimiento de un complemento autonómico similar, de forma transitoria hasta el desarrollo de la Carrera Profesional de la Administración de Justicia por el preceptivo Real Decreto).
– No se recupera la Acción Social para la Administración de Justicia en Andalucía.
– Nada se dice en dicho Acuerdo de la devolución de las cantidades detraídas en virtud de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico financiero de la Junta de Andalucía, que en la práctica supuso la detracción del importe de dos pagas extras, las de los años 2013 y 2014
– Finalmente a la vista del mismo, nada se dice del necesario aumento de medios personales y materiales para el Servicio Público de Justicia en Andalucía, a pesar de ser la comunidad autónoma con mayor carga de trabajo junto a Canarias, conforme a los datos del CGPJ y TSJA.

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