viernes,
22 de noviembre de 2024

SPJ-USO ANDALUCÍA. RESTITUCIÓN DE LAS ANTIGUAS AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL

Además del incumplimiento de implantación de la carrera profesional que os venimos comentando desde hace tiempo, otro de los puntos que se han incumplido del famoso acuerdo firmado por CSIF, STAJ, UGT y CCOO y que SPJ-USO se negó a firmar porque, entre otras cosas, dejaba importantes cuestiones en el aire y sin amarrar, como el tiempo nos ha ido dando la razón, es la recuperación de la Acción Social tal y como la conocíamos, y no sólo la partida de ayuda por discapacidad que se ha mantenido. Recordad que había importantes partidas como ayudas por hijos, estudios…

Hemos presentado un escrito exigiendo la recuperación de las partidas más importantes de las Ayudas de Acción Social en los siguientes términos. Os facilitamos a continuación el escrito completo y al final de la entrada podéis descargar el que tiene el sello de presentación:

ASUNTO: Petición Restitución ayudas Acción Social por hijos, estudios y alquiler

Adriano Moreno Moreno, Secretario General del Sindicato SPJ-USO Andalucía, ante la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía comparezco y     

         MANIFIESTO:

PRIMERO: La Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía publicada en BOJA de 1 de Octubre de 2012, en su artículo 28 disponía la suspensión de las convocatorias de ayudas de Acción Social, quedando exceptuadas de la supresión referida las relativas a la atención de personas con discapacidad.

El punto quinto del Acuerdo de 21 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 2 de junio de 2016, sobre calendario para la recuperación progresiva de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia de hacienda pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, dispone:

“Quinto. Recuperación de las ayudas de acción social.

Para el personal a que se refieren las letras a), b), c) y e) del artículo 3 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, la recuperación de las ayudas que se deriven del concepto de acción social cuya convocatoria fue suspendida por la mencionada Ley tendrá lugar en el año 2019.”

Del mismo modo, el punto décimo primero del Acuerdo de 17 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo Marco de 13 de julio de 2018, de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal del sector público andaluz, establece:

“Décimoprimero. Acción Social. Antes del 31 de diciembre se fijará el calendario para dar cumplimiento al punto Quinto del Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 2 de junio de 2016, sobre calendario para la recuperación progresiva de los derechos suspendidos por la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2016”.

De tal forma, en dos Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, elevando allí Acuerdos de Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se fijaba el año 2019 como el de la recuperación de las ayudas por Acción Social por hijos, alquiler y estudios, especificando incluso que antes del 31 de diciembre de 2019 se fijaría el calendario para dar cumplimiento a dichos Acuerdos de recuperación.

A día de la fecha, nada más se supo del cumplimiento de estos Acuerdos publicados en BOJA, no habiendo sido llevados a cabo por ese Ejecutivo, ni, increíblemente, reivindicados por los firmantes.

SEGUNDO: El próximo día 10 de febrero hemos sido convocados a Mesa Sectorial de la Administración de Justicia de Andalucía, donde, entre otros, se va a tratar el tema de las ayudas de Acción Social por discapacidad, ejercicios 2020 y 2021.

Lamentablemente, nada se dice del resto de ayudas de Acción Social, por estudios, hijos y alquiler.

Incluso en el propio borrador que se nos facilita a este respecto, se hace hincapié en la norma que suprimía estas ayudas de Acción Social, pero se obvian los dos Acuerdos de Consejo de Gobierno publicados en BOJA que las restituían y arriba relacionados.

Por todo lo alegado es por que

SOLICITO:

Que se tenga por presentado este escrito, se admita, y conforme a lo alegado, se proceda esa Administración a cumplir lo por ella misma pactado y proceder a convocar de forma inmediata las Ayudas de Acción Social por alquiler, hijos y estudios.

En de justicia que se pide en Málaga para Sevilla a cuatro de febrero de dos mil veintidós.

                               Fdo. Adriano Moreno Moreno,

 DIRECCIÓN GENERAL DE OFICINA JUDICIAL Y FISCAL

Plaza de la Gavidia, 10.-  CP.-  41071 SEVILLA

Podéis descargar el escrito sellado en el enlace a continuación:

220204 ESCRITO PETICIÓN RESTITUCIÓN AYUDAS ACCIÓN SOCIAL ALQUILER, ESTUDIOS E HIJOS. sellado