martes,
5 de noviembre de 2024

SPJ-USO – ANDALUCÍA – MESA SECTORIAL 16/03/21 (1º PARTE) – REVISIÓN DE LAS GUARDIAS DEL PERSONAL DE JUSTICIA EN LOS IML’S DE ANDALUCÍA

REVISIÓN DE LAS GUARDIAS DEL PERSONAL DE LOS CUERPOS GENERALES DE LOS IMLS ANDALUCÍA

-Mesa Sectorial de 16 de Marzo de 2021- (parte 1)

La disposición adicional tercera del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los IMLs de Andalucía (Decreto 90/2018 de 15 de Mayo) establecía que, en el plazo de 12 meses desde su entrada en vigor, se revisaría la idoneidad de las guardias del personal de los cuerpos de auxilio, tramitación y gestión de los Institutos de Medicina Legal, para garantizar que el servicio de atención continuada fuese desempeñado de manera homogénea y con las mismas funciones, en atención a criterios de cargas de trabajo y tipología de la guardia de los órganos judiciales.

Trascurridos casi 3 años, esto aún no se ha producido, a pesar de los innumerables escritos que hemos presentado desde SPJ-USO para ello, y a pesar de los innumerables escritos que han sido presentados desde algunos IMLs, como el de Sevilla. Se incumple flagrantemente por parte de la Consejería el compromiso establecido en el referido Decreto, que fue ratificado por el mismísimo Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su día. Finalmente y ante la insistencia de nuestro sindicato este asunto fue incorporado al orden del día de esta Mesa.

En nuestra exposición, desde SPJ-USO hemos insistido, una vez más, que se hace preciso revisar el sistema de guardia del IML de Sevilla, que actualmente cuenta con guardia de permanencia de 12 horas al día, del todo insuficiente para una provincia como Sevilla, siendo el IML más necesitado de revisar su servicio de guardia de toda Andalucía.

Recordemos que Sevilla es la provincia con más habitantes de Andalucía, superando a Málaga y casi triplicando a Granada. Además, también es la provincia andaluza con mayor número de partidos judiciales, todo lo cual incide de manera directa en la carga de trabajo del IML, muy similar a la de Málaga y superior a la de Granada (según las memorias anuales IMLs) y, sin embargo, estas dos últimas provincias sí cuentan con guardia de 24 horas, en consonancia a las guardias que prestan sus respectivos juzgados de Instrucción.

RECLAMAMOS LA IMPLANTACIÓN DE LA GUARDIA DE 24 horas en el IML de Sevilla, ya que está más que justificada por los siguientes motivos:

    • Actualmente la guardia se realiza de 10 a 22 horas y se circunscribe exclusivamente al servicio de Patología, lo cual implica que:

-Los Médicos Forenses que realizan guardias (en los Juzgados de Detenidos, Incidencias, Zona I de Sevilla y Zona 2 de Sevilla) carecen de la cobertura administrativa de los cuerpos generales, especialmente los fines de semana en que no hay personal en el IML. En estas guardias se reconocen lesionados, víctimas de violencia de género, de agresiones sexuales, se hacen protocolos de toxicomanía, reconocimientos a menas, etc… (actuaciones que no realiza Patología, sino el Servicio de Clínica y Psiquiatria) y todo ello genera una actividad administrativa muy considerable (transcripción de informes, registro en base de datos, gestión de historiales, etc)

-La entrada de cadáveres que se produce a partir de las 22:00 horas es recepcionada por un vigilante de seguridad o personal laboral de la Junta, lo cual además de ser una anomalía, implica que a los familiares no se les facilite información alguna hasta las 10:00 horas del día siguiente. Esta carencia es solventada por las empresas funerarias, generando una mala imagen para la Administración de Justicia. Tampoco los órganos judiciales son atendidos fuera de ese horario.

-No se pueden gestionar ninguna salida de cadáveres fuera de este horario, con los perjuicios que ello causa a los familiares, en particular cuando hay traslados a otro municipio.

    • UN TERCIO de los cadáveres judiciales ingresan en horario nocturno, siendo una cantidad muy considerable.
    • La principal carga de trabajo proviene del partido judicial de Sevilla. Este dispone de 20 Juzgados de Instrucción, con guardias de 24 horas (2 Juzgados) y de una Fiscalía (que también realizan guardias de 24 horas), además de las de Fiscalía de Menores, a los que hay que unir un Juzgado de Violencia sobre la Mujer que realiza una guardia de permanencia de 12 horas.

Por todo eso ya es hora de corregir este agravio que lleva ocurriendo desde hace más de una década y de aliviar la congestión que sufre el IML de Sevilla, dotándolo de guardia de 24 horas, en consonancia con la que tienen los juzgados de Instrucción de dicho partido, lo cual va a redundar en un mejor y más rápido servicio a los órganos judiciales y a la ciudadanía de Sevilla.

EL DIRECTOR GENERAL MANIFIESTA que los informes que han recibido por parte del IML de Sevilla, tal y como están no justifican la implantación de la guardia de 24 horas, pues se centran en actuaciones que en su inmensa mayoría se pueden desarrollar durante las 12 horas que dura la guardia actual, por ello han pedido nuevos informes que se centren en la actividad que ha de desarrollarse por el IML a partir de las 22:00 horas. Desde SPJ-USO hemos insistido en que es absolutamente notoria la necesidad de la guardia de 24 horas, pues así expresamente lo reconoció el anterior Director General, si bien condicionaba su implantación a que hubiera presupuesto.

El actual Director General nos confirma que ahora hay presupuesto para ello y nos reconoce abiertamente que también es consciente de la necesidad de esa guardia de 24 horas en Sevilla, y que la misma se va a implantar, con seguridad, si bien condiciona esa implantación a que el expediente se complete adecuadamente, pues, según dice, el informe que tiene encima de la Mesa no la justifica a pesar de su extensión.

Desde SPJ-USO, no compartimos en absoluto los argumentos del Director General, pues conocemos ese informe y da argumentos más que sobrados para acordar desde ya la revisión de la guardia del IML de Sevilla y le hemos contestado que la Consejería está en la estrategia de dilatar y dar la patada al balón hacia adelante, desatendiendo las necesidades del IML de Sevilla, a pesar de que es plenamente consciente de la necesidad de implantar esta guardia.

Finalmente el Director se compromete a celebrar a la mayor brevedad que sea posible una Mesa monográfica sobre las guardias de los IMLs de toda Andalucia y su necesidad de revisión o no, aunque no se ha dejado fijada fecha para la misma, pese a nuestra insistencia.

RESPECTO DEL IML de CÓRDOBA, y como quiera que los Juzgados de Instrucción de dicho partido judicial ya disponen de guardia de 24 horas, vemos necesario abrir un estudio sobre la carga de trabajo que soporta, a fin de valorar la conveniencia de mejorar el sistema de guardia que tienen actualmente.

Por el Director General también se nos comunica que por parte del IML DE MÁLAGA se ha solicitado una guardia de 12 horas, añadida a la guardia de 24 horas que se realiza en la actualidad.

210316 Mesa 16-3-2021 REVISIÓN DE LAS GUARDIAS DEL PERSONAL DE LOS CUERPOS GENERALES DE LOS IML